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En 2024, los asalariados que tenga ingresos superiores a $30 millones anuales ($2,5 millones promedio mensuales) pagarán renta
Una de las fuentes de financiamiento de la reforma tributaria radicada ante el Congreso de la República es el recaudo a personas naturales, el cual contempla el impuesto de renta, el impuesto al patrimonio y a los dividendos.
El recaudo de impuesto de renta en Colombia es de 6,2% del PIB, según cálculos de la Ocde y el Ministerio de Hacienda. En promedio, en América Latina es de 5,8%; de 6,7% en el resto de países emergentes y de 11,3% en países avanzados.
Del total de este porcentaje en Colombia solo 1,2% se recaudan en personas naturales, 5% restante en personas jurídicas. Así las cosas, el ministro de Hacienda, Alberto Carrasquilla, mencionó que la nueva reforma tendrá la ampliación de la base gravable de personas naturales del impuesto de renta, teniendo en cuenta que la distribución de recursos no es normal, según sus palabras.
Lisandro Junco, director de la Dian, le puso números a la idea y calculó que en 2023 pasarán a declarar renta, pero no necesariamente a pagar, siete millones de personas.
El jefe de la Cartera añadió que las personas que tributan en Colombia son pocas a comparación de varios países de la región. “En la actualidad solo pagan impuestos 4% de las personas naturales en Colombia. Nuestra propuesta es que vayamos al 12% y reajustemos las escalas para hacerlas más equitativas”, aseguró.
¿Quiénes pagarán renta?
Carrasquilla explicó que se propone un mecanismo transicional de tres años para la nueva estructura de impuesto de renta con miras a una gradualidad en la contribución. Para los ingresos de 2022, solo pagarán renta los asalariados que ganen más de $50 millones anuales ($4,1 millones promedio mensuales). En 2023, únicamente los asalariados con ingresos superiores a $35 millones anuales ($2,9 millones promedio mensuales) mientras que para 2024, quienes tengan ingresos superiores a $30 millones ($2,5 millones al mes).
El proyecto de ley reglamenta que para 2022 la renta líquida gravable anual mayor o igual a cero y menor a 800 UVT tendrá una tasa marginal de 0%, mientras que para las rentas líquidas mayores a 10.500 UVT la tarifa marginal será de 41%. A partir de 2023 la tarifa marginal de 0% para la renta líquida gravable sería para sumas menores a 560 UVT, mientras que del rango de 560 a 900 UVT, sería de 10%.
Gustavo Cote, exdirector de la Dian, mencionó que las personas naturales pierden varias ventajas con el impuesto de renta frente a los niveles actuales. “Se plantea la reducción de varios beneficios para personas naturales como intereses sobre crédito para vivienda, el porcentaje exento para las rentas laborales y la modificación tarifaria dependiendo del monto de pensiones expedidas”, expresó, y calificó como sofismas algunas de estas modificaciones.
Según su opinión, es absurdo buscar soluciones fiscales por la vía de las personas con ese nivel de ingresos. “La situación económica producto de la pandemia afectó a las familias. Hay que buscar soluciones en otras opciones como las personas naturales con más altos ingresos. Las personas naturales ya aportan tributariamente cuando adquieren bienes gravados con el IVA o cuando pagan el impuesto predial”, puntualizó Cote.
Por su parte, Pedro Sarmiento, experto en Derecho Tributario y director de impuestos y servicios legales de Crowe, dijo que para las personas naturales hay un incremento en la tributación por la disminución del umbral en la renta de 1.090 UVT a 800 UVT, es decir, $29 millones en adelante.
“Parte importante de la reforma tributaria está sustentada en un incremento en la tributación de las personas naturales como lo había dicho el Gobierno, en la medida en que la relación de pago entre personas naturales y personas jurídicas sigue siendo bastante desequilibrado, la idea es llegar a 20% de la participación del total de la tributación”, manifestó.
El experto enfatizó en que si no hacen esfuerzos por reducir la informalidad, siempre va a caer la tributación sobre los nuevos empleados, rentistas de capital, entre otros actores y que el Gobierno debe cuidar la posibilidad de que las personas de altos ingresos no consideren lesionados sus derechos y terminen tributando en paraísos fiscales. “Hay que buscar que los que no paguen nada, paguen ahora”, agregó.
A su turno, Jairo Villabona, profesor asociado de la facultad de Ciencias Económicas de la Universidad Nacional, concluyó que lo principal no es ampliar la base ya que cuando se amplía con los bajos ingresos, promedio de Colombia per cápita, el recaudo que se genera no va a ser grande y si va a generar mayor trabajo en la Dian. Esto teniendo en cuenta que siguiendo la idea del aumento de 8 puntos porcentuales (4% a 12%) para la tributación implicaría triplicar el tamaño de quienes aportan.
El Impuesto a dividendos
Para incrementar el recaudo se hará un aumento a la tarifa del impuesto a los dividendos de 10% a 15%. Para muchos esta medida era necesaria debido a que es una vía de recaudo para algunos de los que más ganan.
Cabe recordar que, Los dividendos distribuidos por las empresas formales en Colombia ascendieron a aproximadamente $29 billones en 2017 (3,2% del PIB), de los cuales, 75% ($21,7 billones) fue entregado a otras empresas o a entidades públicas y 25% restante (7,3 billones) a personas naturales, señaló Fedesarrollo.
El ahorro en las cuentas AFC hasta diciembre de 2021 serán rentas exentas
Los dineros que los contribuyentes que pertenezcan al grupo de personas naturales y que depositen en las cuentas de ahorro denominadas Ahorro para el Fomento a la Construcción (AFC) hasta el 31 de diciembre de 2021, no formarán parte de la base de retención en la fuente del contribuyente persona natural, y tendrán el carácter de rentas exentas del impuesto sobre la renta y complementarios, hasta un valor que no exceda 30% del ingreso laboral o del ingreso tributario del año, hasta un monto máximo de 3.800 UVT por cada año, lo que busca ser un incentivo.
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