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Al cierre de la discusión se agregaron artículos referentes a la formalización de los transportadores, acceso al primer empleo y la inclusión de licencia por matrimonio
El texto de la reforma laboral ya se aprobó por la plenaria de la Cámara de Representantes y su trámite pasa al Senado. Entre lo más destacado que se aprobó se destacan las condiciones de los contratos a término fijo, obra labor y de prestación de servicios, los cambios al recargo nocturno, inclusión de derechos para trabajadores de apps de reparto y ajustes a los contratos del Sena, entre otros.
Cabe destacar que a la iniciativa le eliminaron siete artículos en el segundo debate, destacando los derechos para trabajadores agropecuarios.
El artículo 6 de la reforma propone nuevas reglas para los contratos a término fijo y los de obra o labor. Sobre los primeros, señala que el término máximo de celebración es de cuatro años, y que estos deberán oficializarse por escrito, de lo contrario se entenderá que hay otro tipo de relación laboral.
Para los contratos por obra o labor también se fijó que si no cumplen con requisitos como la firma de contratos, o que se detalle la actividad a realizar; este se convertiría en uno a término indefinido. Además, el hecho de que sea por esta modalidad no eximiría al empleador de pagar prestaciones sociales.
El artículo 13 plantea que el trabajo diurno se entienda como el periodo comprendido entre las 6:00 a.m y las 7:00 p.m, y que la jornada nocturna arrancará desde las 7:00 p.m y vaya hasta las 6:00 a.m. del otro día.
Eso tiene una implicación para los trabajadores en materia salarial, pues por cada hora trabajada, el empleador deberá pagar 35% más del sueldo. El monto del recargo nocturno se mantiene. Hay que tener en cuenta que actualmente esto rige para lo que se labore después de las 9:00 p.m.
El alza tendrá un aumento gradual desde 2025 y será fija dos años después, desde 2027.
En este lapso se estipulará un aumento de 80% en 2025, y en 2026 el incremento será de 90%, lo anterior representaría un alza de 25% en 2027, ya que, en la actualidad está en 75%.
El bloque de los artículos 24 hasta el 30 contemplan las normas para repartidores de aplicaciones digitales. La reforma laboral propone que se reconozca la relación de trabajo entre los repartidores o domiciliarios que laboran en las plataformas digitales, y que estas les validen los derechos sociales a esos trabajadores nuevos.
Se prevé reglamentar las relaciones independientes y autónomas, las cuales no pueden incluir cláusulas de exclusividad para el desarrollo de estas actividades logísticas. Además plantea que se les reconozca el pago de la seguridad social.
En caso que la vinculación sea dependiente, la misma empresa deberá ofrecer estas condiciones de salud y pensión al mismo nivel de los aportes actuales. En caso que la relación sea independiente, la plataforma deberá aportar 60% de la cotización, mientras el restante será por parte del trabajador.
El artículo 56 plantea y certifica las modalidades de teletrabajo en las que se incluyen el teletrabajo autónomo, móvil, híbrido y el transnacional.
Los trabajadores que laboren a distancia, tendrán reguladas estas modalidades, y se dictan los derechos y deberes a los que son objeto, tanto los empleados como los empleadores.
Los artículos 22 y 23 modifican el contrato laboral para los aprendices del Sena. Los estudiantes tendrán un contrato que se dividirá en dos etapas: una lectiva y otra práctica, con una duración máxima de 36 meses. En la fase teórica, el aprendiz recibirá 60% de un salario mínimo, y en la fase práctica, un salario mínimo completo.
Las empresas que no cumplan con su cuota de aprendices, tendrán que pagar al Sena un valor mensual equivalente a 1,5 salarios mínimos por cada aprendiz no contratado.
La oposición calificó de “contradictoria” esta propuesta, ya que las empresas “preferirían esta cuota fija a los mayores gastos de una contratación”.
Tras la votación, se sometió a discusión la validez de nuevos artículos, donde se incluyeron postulados sobre el trabajo sostenible y el reconocimiento como experiencia laboral a los ejercicios laborales de los presos. También se adoptaron medidas en contra de la discriminación de personas reintegradas y reincorporadas del conflicto armado. Se incluyó el artículo de formalización y contratación de los transportadores de carga, acordado en el paro, y se agregaron la licencia por matrimonioy la formalización de manipuladores de alimentos del PAE.
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