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Top cinco de las quejas de los trabajadores
LABORAL

Los cinco motivos más frecuentes de sanciones y quejas ante el Ministerio del Trabajo

jueves, 21 de septiembre de 2023

Top cinco de las quejas de los trabajadores. El listado lo lidera el incumplimiento del sistema de gestión de la seguridad social y salud

Foto: Gráfico LR

El no pago de salario, prestaciones e incumplimiento de normas de seguridad, son las mayores quejas de los trabajadores en el país

El Ministerio del Trabajo dio a conocer las principales situaciones por las cuales se quejan los trabajadores en Colombia según los registros del sistema de información de la entidad.

De acuerdo con el informe de la cartera, los incumplimientos de las normas de seguridad y salud lideran el listado, con unas 1.558 quejas. Le siguen el incumplimiento del sistema de gestión de la seguridad social y salud (1.013), incumplimiento a las obligaciones especiales del empleador (709), no pago de las prestaciones en los periodos establecidos por la ley (613) y el no pago del salario en los periodos establecidos (393). En los últimos tres años se han registrado ante el Ministerio del Trabajo 9.844 quejas.

Por otro lado, el top cinco de los motivos por los cuales más se imponen sanciones a los empleadores lo componen el incumplimiento de las normas de seguridad social y salud (559), incumplimiento de las obligaciones especiales del empleador (480), incumplimiento del sistema de gestión de la seguridad social y salud (326), por rehusarse a presentar los informes o documentos requeridos en las investigaciones (235) y por el no pago de salario en los periodos establecidos por ley (206).

Top cinco de las quejas de los trabajadores
Gráfico LR

A partir del análisis de los principales motivos de inconformidades presentadas de manera formal ante el ministerio, el viceministro de Relaciones Laborales e Inspección, Edwin Palma Egea, dirigió un llamado a los trabajadores para que denuncien cualquier irregularidad, maltrato o acoso en el ámbito laboral para prevenir situaciones graves que afecten su integridad. “Nos preocupa mucho que solamente existen en nuestro sistema durante los últimos tres años, 36 quejas que tienen que ver con la vida, integridad y la seguridad personal”, señaló.

Palma agregó que la entidad está alerta para establecer por qué las personas no están denunciando este tipo de situaciones, que se resumen en acoso o maltrato laboral. “Finalmente, tenemos que ver casos extremos como los que se registraron en la empresa Charry S.A.S. de la ciudad de Ibagué. Hago un llamado para que las y los trabajadores no se dejen intimidar cuando existan casos de maltrato laboral y acudan a las entidades competentes”, explicó el viceministro Palma.

El funcionario aludió al caso que se conoció recientemente a través de un video en el cual se evidencian malos tratos contra empleados en la empresa Casta Agroindustrial Ganadera, ubicada en Ibagué. A partir de las imágenes difundidas en las redes sociales, los hermanos Diego y Gustavo Charry, propietarios de varias empresas en la capital del Tolima, han sido señalados como maltratadores e incluso calificados por el presidente Gustavo Petro como "esclavistas". El Ministerio, a través de su Dirección Territorial del departamento del Tolima, adelantó el cierre preventivo contra las empresas del grupo Charry Trading, donde se investigan los hechos.

El abogado Javier Almanza, coordinador del área de Derecho Laboral y seguridad social del Consultorio Jurídico de la Universidad del Rosario, señala que las quejas laborales por maltrato y acoso laboral no son muy frecuentes por “el natural temor que el trabajador puede tener a represalias por parte de los empleadores o la ausencia de identificar en qué marco nos encontramos en una conducta de acoso laboral”. Agrega que es indispensable recordar que es un derecho fundamental denunciar cualquier conducta en este sentido.

Además, advierte que las sanciones que se pueden generar ante esta conducta comprenden el pago de la indemnización por despido sin justa causa cuando el trabajador haya renunciado por este motivo; multas entre dos y 10 salarios mínimos mensuales, y “ la sanción más severa que trae la norma sería asumir 50% de cualquier costo o tratamiento por alteraciones en la salud y la secuelas originadas en el acoso laboral”.

"Infortunadamente nuestro Ministerio de Trabajo no cuenta con las herramientas que debería tener para ejercer una buena policía administrativa laboral. Los inspectores de trabajo son muy pocos o no cuentan con los medios para ejercer sus funciones. Además, la gran mayoría de las personas desconoce las instancias administrativas de reivindicación de sus derechos", señaló el abogado Carlos Prieto, miembro del Observatorio Laboral de la Universidad Javeriana.

Felipe Quintero, abogado laboralista, anota que también el acoso laboral se da soportado en la informalidad. "Todo este mundo de las facultades de vigilancia, inspección y control, preventivas y sancionatorias que hace el ministerio, obedecen a un mundo de la formalidad laboral, que es menos de la mitad del mundo del empleo real en el país", advirtió. En su opinión es muy importante el avance que pueda tener la cartera laboral para avanzar en la formalización para el cumplimiento de las obligaciones laborales.

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