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Luis Eduardo Llinás Chica, director Uiaf
HACIENDA

Más de la mitad de los contribuyentes que acordaron pagos con la Dian incumplieron

lunes, 17 de febrero de 2025

Luis Eduardo Llinás Chica, director Uiaf. Foto: Uiaf

Foto: Luis Eduardo Llinás Chica, director Uiaf
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En total hay 8.757 contribuyentes con obligaciones fiscales en mora, de estos, 52% no cumplieron con los compromisos adquiridos con la entidad

En los últimos seis meses, 8.757 morosos suscribieron acuerdos de pago con la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian). Sin embargo, más de la mitad de ellos (52%, es decir, 4.518 personas) no cumplieron con los compromisos adquiridos, lo que llevó a la entidad a declarar el incumplimiento y aplicar procesos de cobro administrativo.

El director general (e) de la Dian, Luis Eduardo Llinás, hizo un llamado a los ciudadanos con obligaciones pendientes para que aprovechen la iniciativa. “Los contribuyentes que acumulen más de seis meses de mora y deudas superiores a cinco salarios mínimos serán reportados en el Boletín de Deudores Morosos del Estado, afectando su historial financiero y su acceso a créditos y contrataciones con el sector público”, advirtió.

Además de los riesgos legales, los intereses moratorios representan un costo adicional para quienes no están al día con sus pagos. Según el artículo 635 del Estatuto Tributario, estos intereses se liquidan a una tasa equivalente a la tasa de usura vigente menos dos puntos, lo que incrementa la carga financiera de los deudores.

Por esto, la Dian organizó una nueva jornada entre el lunes 17 de febrero hasta el viernes 21 de febrero para que los contribuyentes normalicen su situación fiscal. “Al día con la Dian le cumplo al país” tiene el objetivo de que los deudores morosos, además de que regulen su situación fiscal, eviten sanciones administrativas o incluso consecuencias penales.

Este espacio está dirigido a contribuyentes con obligaciones en mora de hasta 180 días que no han sido objeto de medidas cautelares ni han participado en programas similares en el pasado. También pueden acogerse quienes tengan denuncias penales en proceso por omisión de agente retenedor o recaudador y aquellos que adeuden impuestos del periodo 4 y 5 de 2024, como el IVA y el Impuesto Nacional al Consumo.

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