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Entre los rubros que fueron desligados están las cuotas moderadoras en salud, las tarifas de revisión tecnomecánica y las multas
El Gobierno nacional anunció que a través de la aprobación del Artículo 49 del Plan Nacional de Desarrollo, “Pacto por Colombia, Pacto por la Equidad”, se modificó la forma de calcular tarifas que aumentaban con base en el incremento del salario mínimo.
De esta forma, 89% de estos cobros que estaban anclados al aumento de la remuneración laboral mínima tendrán que fijar su aumento a partir de otras variables como el Índice de Precios al Consumidor, lo cual, de acuerdo con el Ministerio de Hacienda "permite proteger la capacidad adquisitiva de los trabajadores del país".
El jefe de la cartera de Hacienda y Crédito Público, José Manuel Restrepo, dijo "venimos adelantando este trabajo desde este ministerio, así como de la mayoría de las carteras, hace ya unos tres años y podemos decir que 66 de 74 de estos conceptos ya no se calculan bajo el salario mínimo, lo que significa que el aumento del salario mínimo tendrá efectivamente más valor a la hora de pagar por estos rubros”.
Entre los rubos que fueron desindexados del salario mínimo está el aumento de las cuotas moderadoras en salud, las tarifas de revisión tecnomecánica en los centros de diagnóstico automotriz, el cobro de multas y sanciones en los sectores TIC, Educación, Trabajo, Defensa, Agricultura, Transporte, entre otros.
“Nuestro propósito siempre ha sido el de proteger los intereses del grueso de la población del país, seguiremos trabajando para velar por el bolsillo de los colombianos”, concluyó Restrepo.
Guillermo Herrera, presidente de Camacol, aseguró que el problema radica en una falta de planeación financiera por parte del Gobierno
Un informe del Dane asegura que entre enero y octubre hubo 371.777 nacimientos, 14,4% menos que en el mismo periodo de 2023
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