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De acuerdo con el Decreto se estipuló que el viajero que no exhiba el resultado de la prueba o esta sea positiva no podrá ingresar a un avión
Mediante un comunicado, el Ministerio de Salud y Protección Social anunció que incluyó nuevos lineamientos en el protocolo de bioseguridad, para el sector aeroportuario y aeronáutico, el cual aplicará para aeropuertos, aerolíneas, empresas de transporte, agencias de aduana, Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil y pasajeros.
La primera medida detalla que solo los departamentos con una tasa de contagio de covid-19 menor a 1.000 por 100.000 habitantes y cuya principal vía de acceso desde otros departamentos sea la vía aérea, “se pedirá, antes del embarque, a las personas mayores de 7 años, la presentación del resultado de la prueba para la detección del covid-19, el cual debe ser negativo, con una validez no mayor a 48 horas”, anunció Claudia Milena Cuéllar, directora de Promoción y Prevención.
Asimismo, se estipula en el acto administrativo que el viajero que no exhiba el resultado de la prueba o esta sea positiva, no se permitirá su acceso a la aeronave.
Otro de los lineamientos incluidos en la Resolución contempla que las EPS y EOC "deberán autorizar las pruebas de detección de covid-19 a sus afiliados mayores de siete años, siempre y cuando estos presenten la solicitud adjuntando el contrato de transporte o documento equivalente de viaje hacia los departamentos que cumplen con las condiciones mencionadas anteriormente".
Por último, el Ministerio de Salud recordó que tanto viajeros como trabajadores deberán cumplir con el uso de elementos de protección personal.
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