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Lo que debe saber sobre el pago del ICA en Bogotá
HACIENDA

Plazo final para el pago del ICA en Bogotá vence el próximo viernes 28 de febrero

domingo, 23 de febrero de 2025

La Secretaría de Hacienda dispuso canales de atención para que los contribuyentes puedan resolver cualquier duda o inquietud respecto a este trámite

Foto: Gráfico LR

Para realizar el pago, los contribuyentes deben acceder a la página web de la Secretaría de Hacienda y hacer uso del botón "Pagos Bogotá"

La Secretaría Distrital de Hacienda de Bogotá recordó a los contribuyentes del Impuesto de Industria y Comercio, ICA, que el plazo para declarar y pagar el tributo correspondiente al año 2024 vence el próximo 28 de febrero. Este plazo aplica tanto para personas naturales como jurídicas que se encuentren en los regímenes común anual y preferencial. La Secretaría advirtió que aquellos que no realicen el pago a tiempo deberán asumir cargos adicionales por pagos tardíos e intereses por mora.

Para realizar el pago, los contribuyentes deben acceder a la página web de la Secretaría de Hacienda y hacer uso del botón "Pagos Bogotá". Desde allí, podrán seleccionar la opción "Impuestos" y luego "Impuesto de Industria y Comercio", donde tendrán la posibilidad de declarar y pagar de manera electrónica, o generar la factura para efectuar el pago en entidades bancarias autorizadas.

Además, la Secretaría de Hacienda hizo un llamado especial a quienes deban pagar el ICA a considerar un aporte voluntario de hasta 10% para la educación superior. Según la secretaria de Hacienda, Ana María Cadena, “así como quienes pagan su impuesto predial y de vehículos pueden hacer un aporte de 10% a la seguridad de Bogotá, quienes deban pagar el impuesto de Industria y Comercio, ICA, también pueden sumar a una importante causa para la ciudad, que es la educación superior de miles de jóvenes a través de la Agencia Atenea de la Secretaría de Educación. Por eso, los invitamos a que den su aporte para apoyar a la educación superior”.

Lo que debe saber sobre el pago del ICA en Bogotá
Gráfico LR

¿A quiénes afecta este plazo?

El régimen común anual afecta a las personas naturales o jurídicas que, en el año gravable 2023, hayan declarado un impuesto a cargo igual o inferior a 391 UVT (Unidad de Valor Tributario), lo que equivale a $16.583.092, así como a aquellos contribuyentes que hayan iniciado actividades en 2024.

El régimen preferencial está dirigido a contribuyentes que, en 2024, hayan realizado actividades industriales, comerciales o de servicios en Bogotá y hayan percibido ingresos entre $90.976.645 y $164.272.500. Para pertenecer a este régimen, los contribuyentes deben cumplir con varias condiciones, entre ellas que los ingresos brutos totales provenientes de actividades gravadas con el ICA durante 2023 o 2024 sean inferiores a 3.500 UVT ($148.442.000), que no tengan más de un establecimiento de comercio en Bogotá y que no hayan celebrado contratos superiores a esa cifra.

La Secretaría de Hacienda dispuso canales de atención para que los contribuyentes puedan resolver cualquier duda o inquietud respecto a este trámite. A través de la línea de orientación #BogotáMiCiudadMiCasa y #HaciendaBogotá, los ciudadanos pueden recibir asistencia personalizada.