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El borrador de reforma a los servicios permitiría la autogestión a las comunidades organizadas de servicios, con tarifas que cubran exclusivamente los costos y las inversiones
El borrador de la reforma de la Ley de Servicios Públicos destaca el papel de las comunidades organizadas en la prestación de servicios públicos, sin embargo, deja en el aire la calidad para los usuarios, la financiación y la factibilidad técnica.
En el documento se explica que las organizaciones (comunidades) podrían autoabastecerse de bienes o servicios públicos, y si prestan servicios a terceros, se acatarán a un régimen tarifario ordinario. Cabe destacar que dichas organizaciones fueron mencionadas 29 veces en el documento, mientras que las leyes que se pretenden modificar tuvieron dos menciones.
Las comunidades tendrán un apoyo constante de los municipios donde se encuentren, ya que estos deberán adoptar políticas territoriales de fomento al autoabastecimiento y prestación del servicio por las organizaciones.
Camilo Sánchez, presidente de la Andesco, coincidió en la necesidad de trabajar con las comunidades, pero expresó preocupación por la falta de soporte técnico y financiero, así como por la supervisión de la Superservicios.
El documento del borrador enfatiza que las comunidades organizadas puedan prestar servicios bajo regímenes especiales creados por el Gobierno.
Ante esto, Sánchez sugiere un capítulo especial en la reforma para evitar afectaciones en la prestación de los servicios públicos y enfatiza la necesidad de evitar decisiones políticas por encima de las técnicas.
Mientras el ministro de Minas y Energía, Andrés Camacho, ha recalcado en varias ocasiones que el papel de las comunidades energéticas será el impulso para la transición energética justa del Gobierno, Amylkar Acosta, exministro de Minas y Energía, señaló que la “transición energética no debe poner en riesgo la seguridad energética”.
Ante esto, el Gobierno establecería las condiciones mínimas para la eficiencia del servicio. Además, estarían bajo la supervisión de la Superservicios, y sus fondos, bajo la lupa de la Contraloría General de la República, que redactaría un manual de rendición de cuentas.
Estas comunidades podrían firmar contratos directamente si su valor no supera los 100 salarios mínimos legales vigentes o si están destinados a beneficiar exclusivamente a una comunidad capaz de ejecutarlo.
También determinarían libremente su aporte de participación, con garantía de sostenibilidad del sistema a largo plazo, bajo principios de solidaridad y redistribución de ingresos.
Estas comunidades podrán recibir subsidios, y en caso de desarrollar soluciones energéticas, obtener un financiamiento.
En caso de autoabastecimiento, tendrían la libertad de establecer tarifas distintas para los beneficiarios, solo cubriendo costos e inversión, y siempre que no busque fines de lucro. Si el servicio llega a beneficiar a terceros, deberán seguir el régimen tarifario ordinario.
El borrador modificaría las leyes 142 y 143 de 1994 y la Ley 1341 de 2009. Según el documento, el objetivo sería la universalización de los servicios y derechos del usuario. Entre los cambios se encuentra que el presidente tendría el poder para regular los servicios públicos, lo que incluiría los estándares de calidad, la fijación de tarifas, y la supervisión de los proveedores. Además, el ejecutivo podría modificar la estructura de los ministerios de Minas, Vivienda, Ambiente, de las TIC, y la Superservicios. Por último, la reforma habilitaría un régimen tarifario y un mínimo vital para servicios. Superservicios podría suspender servicios no domiciliarios.
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