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HACIENDA

Presidente firmó decreto para agilizar la devolución de saldos a favor del impuesto de renta

miércoles, 8 de julio de 2020

Presidente Iván Duque

Foto: Gráfico LR

La norma también aplica para saldos del impuesto sobre las ventas (IVA). Ivan Duque calificó esto como una gran noticia

Adriana Carolina Leal Acosta

El presidente Iván Duque, informó, a través de su cuenta de Twitter, que firmó el decreto 963 del 7 de julio, que autoriza devolución automática de saldos a favor para impuestos de renta y sobre las ventas, que adopta de forma permanente la devolución en 15 días para la mayoría de los contribuyentes. "Una gran noticia para mejorar el flujo de caja de los colombianos", agregó.

"Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 861 del Estatuto Tributario, la devolución en forma automática de que trata el parágrafo 5 del artículo 855 del Estatuto Tributario, es el reconocimiento en forma ágil de saldos a favor determinados en las primeras declaraciones del impuesto sobre la renta y complementarios y en las declaraciones del impuesto sobre las ventas (IVA), que realiza la Dian, a aquellos contribuyentes y responsables de estos impuestos, que cumplan con los presupuestos previos establecidos por las normas que regulan la materia", dice el articulado.

Así mismo, el documento especifíca que se podrán beneficiar de esta devolución quienes soporten el 25% de los costos o gastos y/o impuestos sobre las ventas (IVA) "descontables, según sea el caso, mediante el sistema de facturación electrónica de venta con validación previa; sin perjuicio de que los contribuyentes puedan soportar mayores costos o gastos y/o impuestos sobre las ventas (IVA), descontables con factura electrónica de venta con validación previa", señala.

Ya agrega que esta condición aplica para las solicitudes de devolución y/o compensación radicadas a partir del 22 de junio hasta el 31 de diciembre de 2020, que se tramiten por el procedimiento de la devolución automática.

"Para las solicitudes de devolución y/o compensación automática radicadas a partir del primero 1 de enero de 2021, que soporten más del 85% de los costos o gastos y/o impuestos sobre las ventas, según sea el caso, mediante el sistema de facturación electrónica de venta con validación previa", señala el documento.

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