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Los ministerios de Agricultura, Comercio, Defensa, Ambiente, Trabajo, Transporte y Vivienda emitieron medidas para enfrentar la crisis
El Ministerio de Agricultura fue la primera entidad que emitió sus medidas para afrontar la conmoción interior, son tres decretos que buscan proteger la producción agropecuaria, garantizar la distribución de alimentos, brindar mecanismos de financiamiento a los campesinos, pero el que más revuelo causa es el que habilita la expropiación administrativa.
El Decreto 0108 autoriza la expropiación por vía administrativa, y prioriza a las víctimas del desplazamiento forzado, así como a los excombatientes. También busca mitigar los efectos derivados de la situación de orden público respecto de la titularidad, tenencia y ocupación de bienes de campesinas y campesinos, pequeños y medianos productores.
Por ende, contempla otras disposiciones como la disposición de inmuebles de vocación agropecuaria para la estabilización y sostenibilidad en el retorno de las comunidades afectadas. Es decir se usarán como albergues o alojamiento temporal, el establecimiento temporal de vivienda rural, servicios públicos e infraestructura.
Además, mencionan el saneamiento de predios y mejoras, la suspensión del estado registra, así como la suspensión de procesos ante autoridades o gestores catastrales.
El otro Decreto (0107) de la cartera de Agricultura faculta a la Agencia de Desarrollo Rural para contratar de forma directa la adquisición de bienes y servicios, logística y demás incentivos que contribuyan al restablecimiento de las actividades agropecuarias en el Catatumbo, el área metropolitana de Cúcuta y los dos municipios de César incluidos en la conmoción, Río de Oro y González.
El artículo tres de este decreto contempla que los fondos especiales de fomento agropecuario de cadenas productivas destinarán al menos 2% de las contribuciones parafiscales a las cadenas productivas de la región. Esto para garantizar el abastecimiento alimentario, la continuidad de la producción agropecuaria, cosechas, ganado y el acceso a los recursos orientados a la producción agropecuaria.
El MinTransporte mediante el Decreto 0120, cuenta con las facultades para autorizar a las distintas empresas de movilidad a ayudar con el traslado de las personas de esta región por carretera.Las autoridades de los municipios cobijados por la medida estarán facultadas para autorizar la prestación del servicio, “en cuanto al transporte terrestre automotor colectivo, individual y mixto en el radio de acción municipal, distrital o metropolitano”, dice el decreto.
Mediante el Decreto 0119 del 30 de enero de 2025, el Ministerio del Trabajo establece el trabajo en casa “como medida necesaria y transitoria para el sector privado durante la vigencia del estado de conmoción interior”. Esto aplica a todas las empresas del sector privado que desarrollen actividades en la región del Catatumbo, los municipios del área metropolitana de Cúcuta y los municipios de Río de Oro y González del departamento del Cesar.
Otro de los decretos emitidos fue el 0118 del 30 de enero por el MinDefensa, con el que el presidente Petro designará a un comandante militar para que ejerza el control operacional sobre efectivos de las Fuerzas Militares y Policía Nacional, durante la vigencia de la conmoción. El comandante podrá planear y conducir las operaciones militares y operativos policiales; y suspender temporalmente la vigencia de permisos de porte de armas.
El Gobierno otorgará subsidios para servicios públicos de acueducto, alcantarillado y aseo de hasta 90% a los desplazados víctimas del conflicto, según Decreto 0121 de MinVivienda. Además, durante la conmoción los municipios podrán destinar recursos necesarios del Sistema General de Participaciones de agua potable y saneamiento básico para apoyar financieramente la operación y el mantenimiento de sistemas de acueducto, alcantarillado y aseo, y así garantizar la continuidad del servicio a la población confinada o desplazada. También se podrá ajustar los POT para atender la población desplazada.
El Ministerio de Ambiente se sumó a la ola de decretos en el marco de la conmoción interior. Con el Decreto 0116 se autorizó la suspensión de trámites de otorgamiento de licencias, permisos, concesiones o autorizaciones en curso en los municipios que abarca esta condición especial.
Esto estará vigente “hasta tanto se definan las condiciones ambientales en que se encuentran los áreas protegidas y ecosistemas desde una visión regional”. Asimismo, se dará un “procedimiento abreviado” para los trámites con fines de restablecimiento de las condiciones de “orden ecológico, económico y social”.
Desde la cartera de Comercio, Industria y Turismo, se establecieron dos medidas de apoyo a los prestadores de servicios turísticos para mitigar los efectos de la crisis de seguridad en Catatumbo, mediante el Decreto 0117. La primera de ellas contempla que el destino de los recursos del impuesto nacional de Turismo, es decir, los ingresos fiscales de Fontur, serán para el aporte de subsidios, recuperación de áreas afectadas en las que se desarrollen actividades de turismo.
La segunda estrategia, consiste en el descuento transitorio del impuesto sobre la renta para quienes den alojamiento gratuito a desplazados por el conflicto del Catatumbo.
Este beneficio aplicará en un monto equivalente al valor comercial de habitación por noche, asegurando que los precios se mantengan dentro de un rango razonable y acorde a las tarifas históricas y al contexto económico actual. Así mismo, solo aquellos establecimiento que estén activos dentro del Registro Nacional de Turismo del Mincomercio, podrán disfrutar de este beneficio tributario transitorio.
Según los supuestos macroeconómicos presentados por el Ministerio de Hacienda, se proyecta que la inflación a fin de año sea de 3,6%
Los pagos están divididos en cuatro etapas: las tres primeras por $200.000 millones cada mes y el pago final por $219.667 millones
La obra de transporte público cuenta con un avance de 48,28% hasta enero 31, la inversión en este asciende hasta $4,3 billones