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Avance de la reforma laboral en primer debate
LABORAL

Reforma laboral está a 26 artículos de pasar a plenaria de Cámara de Representantes

viernes, 14 de junio de 2024

Avance de la reforma laboral en primer debate

Foto: Gráfico LR

La iniciativa perdió el bloque de los derechos sindicales, pero aprobó los artículos de las prestaciones sociales en contratos de aprendizaje

En medio del debate de la reforma laboral, la Comisión Séptima de la Cámara de Representantes tumbó 20 artículos, pero, logró avanzar en más de 70% del texto, y alcanzó a avalar 50 de sus iniciativas. Quiere decir que restan 26 puntos para que la propuesta llegue a plenaria.

La comisión aprobó, con 13 votos a favor y cinco en contra, la eliminación de 20 artículos. Todos contenían regulaciones sindicales, descritas en el capítulo de los derechos colectivos.

Entre los temas hundidos, habían propuestas sobre: cuotas de aprendices en empresas, libertad sindical, afiliación a los mismos, retención de cuotas sindicales, derecho y desarrollo de la huelga, requisitos de huelga contractual, entre otros.

El Gobierno obtuvo una victoria pírrica, pues la misma representante ponente, María Fernanda Carrascal, dijo que ese hundimiento se concertó para destrabar el debate.

LOS CONTRASTES

  • Gloria Inés Ramírez-Ministra de Trabajo
  • Gloria Inés RamírezMinistra del Trabajo

    “Lamento que el artículo 66 y 67 de libertad sindical y derecho de asociación hayan sido eliminados. Estos siguen como están actualmente en el Código del Trabajo”.

“Estos artículos eliminados fueron concertados, pero tengo que decir en representación de nuestra bancada que lamentamos esta eliminación porque hacía parte fundamental de la reforma. Sin embargo, en aras que la discusión avance y podamos llegar a buenos acuerdos, decidimos concertar”, declaró Carrascal.

En total, se han eliminado 22 y aprobado 50 de los 98 artículos de la ponencia original.
En la última jornada sí se avalaron artículos sobre derechos sindicales, por ejemplo, el 67 hace referencia a “garantías de asociación sindical”, el 69 se refiere al procedimiento sumario de protección de los derechos sindicales y el 77 es sobre la representación paritaria y/o proporcional en las organizaciones.

Aunque los ponentes siguieron con la figura de presentación de artículos en bloque, sobre el final de la discusión se aprobaron cuatro (24, 26, 27 y 28). A pesar de recibir el visto bueno, se dejaron varias constancias, pues los congresistas consideran que las ponencias afectan a las Mipymes.

Podría decirse que el artículo 24 fue el más importante; hace referencia a los contratos de aprendizaje, sobre todo para aquellos como los estudiantes Sena, a los que por el modelo laboral se les paga, cómo máximo 75% del salario mínimo.

También se modificó la monetización de la cuota de aprendizaje, recuperando los derechos de los aprendices, en el ámbito laboral, según lo explicado por los representantes.

Lo hecho con la laborización y monetización de los aprendices del Sena es muy importante porque va articulado con el sistema de riesgos profesionales y laborales, que en buena medida protege a esta población, y quienes serán los futuros trabajadores”, dijo la ministra de Trabajo, Gloria Inés Ramírez.

La titular de la cartera laboral aseguró que se busca ampliar la operativización que ofrece el Sena, pero no la educación terciaria, o qué niveles técnicos se eleven a la condición de educación superior. En su sustento, dijo que no se permitirá que los denominados “institutos de garaje” certifiquen ciertos procesos de aprendizaje.

Los artículos de trabajadores de plataformas

Dentro del último bloque aprobado en la más reciente sesión, se avalaron los artículos 27 y 28, sobre el trabajo en las plataformas digitales. Los ponentes siguen insistiendo que es necesario reforzar esta legislación, pues con el modelo actual la figura de subordinación no existe, por lo que estos trabajadores muchas veces son vulnerados por los vacíos de la regulación actual.

“El artículo, como pasó, niega que exista subordinación. La flexibilidad de la jornada no le quita el carácter laboral al contrato entre una plataforma y el empleado. Quien diga que esto no existe desconoce la realidad”, dijo la representante María F. Carrascal.

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