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HACIENDA

Renunciar al pasaporte no quita de inmediato la residencia fiscal

lunes, 15 de abril de 2019

La Dian ha identificado que personas de altos ingresos están renunciando a su nacionalidad para no tener que declarar sus activos en el exterior.

Noelia Cigüenza Riaño

Los contribuyentes de altos ingresos que la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) ha identificado que están renunciando a su nacionalidad colombiana para no tener que declarar sus patrimonios en el exterior no pierden inmediatamente la residencia fiscal, pues siguen siendo residentes por el año en que renuncian y, eventualmente, en los siguientes años en función de su vínculo personal y económico con el país. Esta es una advertencia que desde la semana pasada está enviando la entidad, cuando anunció que le seguiría la pista a esta práctica.

Al interior de la Dian, están invitando a estos contribuyentes a que se adhieran a la Normalización Tributaria de 2019, que es una especie de amnistía para regularizar ese patrimonio de activos en el extranjero para fines fiscales, que se incluyó en la Ley de Financiamiento.

Según aseguró hace unos meses el director de la entidad, José Andrés Romero, esperan que a este mecanismo de normalización se vinculen más de 10.000 contribuyentes que hoy tienen sus activos en el exterior.

De lo contrario, estas personas tampoco podrían escaparse del fisco local, pues la Dian está trabajando para que en el marco del acuerdo multilateral con la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (Ocde), países como España, Portugal, Reino Unido e Italia le envíen la información tributaria necesaria de estas personas para comenzar los procesos tibutarios y penales pertinentes.

“Cuando no cumplen sus obligaciones tributarias y no declaran sus activos, existen estructuras como renunciar a la nacionalidad y pedirla en otro país o acogerse a regímenes de residencia fiscal para extranjeros que les dan un tiempo de transición de cinco, siete o 10 años para que no tributen sobre sus activos de fuente mundial”, manifestó Romero a la salida de la Rendición de Cuentas de 2018 de la entidad la semana pasada.

LOS CONTRASTES

  • José Andrés RomeroDirector de la Dian

    “Cuando no cumplen sus obligaciones tributarias y no declaran sus activos, existen estructuras como renunciar a la nacionalidad y pedirla en otro país”.

Algunos de los países miembros de la Ocde ya le han asegurado al Gobierno colombiano que podrían darle información de los patrimonios reales para comenzar con estos procesos. Por ello, desde la Dian advierten que ante las altas sanciones, es mejor acudir a la normalización, que a la renuncia de la nacionalidad.

“Si uno tiene pasaporte colombiano y tiene más de 50% de sus bienes en Colombia sigue siendo residente fiscal. Para las personas con nacionalidad colombiana hay reglas más estrictas para determinar la residencia fiscal. De esta forma, si alguien que tiene nacionalidad colombiana renuncia a la misma, estas reglas más estrictas no le van a aplicar y en la medida en que deje de estar en Colombia 183 días, en cualquier periodo de 365 días, deja de ser residente fiscal en el país y no tiene que declarar su patrimonio poseído en el exterior”, explicó Andrés González, socio tributario en DLA Piper Martínez Beltrán.

De acuerdo con los datos proporcionados por la Cancillería, mientras que desde 2011 se han naturalizado en el país más de 2.904 extranjeros procedentes de países como España, Venezuela, Líbano o Ecuador, la cifra de personas que han decidido renunciar de manera voluntaria a su pasaporte colombiano en los últimos nueve años llega a 8.125. Según datos de este Ministerio, solo el año pasado decidieron renunciar a la ciudadanía colombiana 969 personas.

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