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El manejo de los recursos se otorgará por medio de permisos, concesiones, asociaciones y autorizaciones de las autoridades ambientales
El presidente Iván Duque y el jefe de la cartera de Ambiente y Desarrollo Sostenible, Carlos Eduardo Correa, firmaron el el Decreto 690 de 2021, que modifica el Decreto 1076 de 2015, con el objetivo de regular el manejo sostenible de la flora silvestre y de los productos forestales no maderables.
"Con el fin de desarrollar una economía sostenible, proteger nuestra riqueza natural y frenar la amenaza a los ecosistemas, con el Ministerio de Ambiente
firmamos el Decreto 690, que determina el manejo sostenible de la flora silvestre y de productos forestales no maderables del territorio", dijo Duque.
El Decreto da cuenta de todos los recursos que provienen de especies vegetales de ecosistemas naturales, como flores, frutos, semillas, cogollos, raíces y hojas, entre otros, sin causar daño en los bosques colombianos.
“Con el Decreto de no maderables avanzamos en nuestro propósito de producir conservando y conservar produciendo, plasmado en el Plan Nacional de Desarrollo. Lo que estamos haciendo es crear un protocolo en el que se fijan las condiciones para el manejo sostenible de estos recursos sin comprometer su supervivencia, sin afectar nuestros bosques. Este es un paso que fortalece nuestra meta de cero deforestación al 2030”, aseguró el Ministro de Ambiente y Desarrollo Sostenible, Carlos Eduardo Correa.
La normativa establece que el manejo sostenible de dichos recursos se otorgará por medio de permisos, concesiones, asociaciones y autorizaciones de las diferentes autoridades ambientales del país.
Eso sí, el manejo se otorgará luego de un estudio técnico y después de que se diligencie el Formato Único Nacional, que establecerá el Ministerio de Ambiente.
“Así contribuimos a la reactivación económica del país, desde las soluciones basadas en la naturaleza, con mecanismos que les permitan a los colombianos conocer nuevas formas de producción en sectores como el farmacéutico, alimenticio y cosmético, entre otros”, expresó el jefe de la cartera ambiental.
La Cartera de Ambiente señaló que esta nueva normativa generará mayores oportunidades de crecimiento en el mercado local y en los mercados internacionales para ingredientes como el achiote, asaí, cacao, camu-camu, inchi, myrica, copoazú, jagua, sacha inchi, sietecueros y vainilla.
Se aclaró que las comunidades que aprovechen estos productos para su subsistencia no necesitarán permiso y tienen derecho a usarlos de forma gratuita.
La estructuración del Decreto se realizó de la mano de las comunidades, de la Unión Europea, la Asociación Nacional de Industriales, el Fondo Mundial para la Naturaleza (WWF, por sus siglas en inglés), Cooperación Internacional, la Organización No Gubernamental P4S, el Instituto Amazónico de Investigaciones Científicas (Sinchi), el Instituto de Investigaciones Ambientales del Pacífico (IIAP) y el Instituto de Investigación de Recursos Biológicos Alexander von Humboldt.
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