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Aquellos con fechas de vencimiento posteriores al 16 de agosto deberán cumplir con sus obligaciones según el calendario tributario.
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, Dian, comunicó que los servicios para diligenciar y presentar declaraciones tributarias, así como para el pago de impuestos, están funcionando de manera estable y correcta.
Debido a esto, el 16 de agosto de 2024 se levanta la contingencia establecida el 12 de agosto, según el artículo 579-2 del Estatuto Tributario. Esto implica que los contribuyentes con obligaciones tributarias entre el 12 y el 16 de agosto pueden presentar sus declaraciones y pagar hasta el 20 de agosto sin incurrir en sanciones ni intereses.
Aquellos con fechas de vencimiento posteriores al 16 de agosto deberán cumplir con sus obligaciones según el calendario tributario.
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales manifestó que continuará monitoreando la situación y ofreciendo atención a través de todos sus canales, incluyendo los días sábado, domingo y lunes festivo, para apoyar a los ciudadanos en el cumplimiento de sus deberes tributarios.
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