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Se estableció la Suspensión Temporal de las Exportaciones de Electricidad basado en el seguimiento y análisis de las variables energéticas y eléctricas
El Ministerio de Minas y Energía emitió una resolución con la que suspende la exportación de energía eléctrica a Ecuador como medida transitoria dado el bajo nivel de los embalses de suministro hidroeléctrico.
Se modificó el artículo 1 de la Resolución 40330 de 2024, de forma que quedó establecida así: "a partir de la entrada en vigencia de la presente resolución las exportaciones de energía eléctricase realizarán únicamente haciendo uso de alguna de las siguientes alternativas de generación, siempre que la alternativa elegida, no se requiera en el despacho económico para cubrir la demanda total doméstica o nacional".
Las alternativas son: plantas térmicas que operen combustibles líquidos, o despachadas centralmente, de la generación del Sistema Interconectado Nacional aplicando las resoluciones de la Creg.
En el artículo 3 se estableció la Suspensión Temporal de las Exportaciones de Electricidad basado en el seguimiento y análisis de las variables energéticas y eléctricas desarrollado por el Centro Nacional de Despacho, CND.
Uno de los países afectados con esta decisión es Ecuador, situación que se da en medio de la mayor crisis energética que atraviesa este país en 60 años.
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