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HACIENDA

Secretaría de Hacienda publicó el calendario tributario para Bogotá

viernes, 4 de enero de 2019

Para obtener descuento en el impuesto predial debe pagarlo antes del 5 de abril.

José David Castilla

La Secretaría de Hacienda publicó el calendario tributario para Bogotá. La meta que se ha estipulado la entidad es contar con una participación tributaria mucho mayor por parte de los bogotanos en este nuevo año.

Los tres impuestos principales por los que tendrán que responder los bogotanos para este año son: el impuesto predial, el impuesto a los vehículos y el impuesto de industria y comercio (ICA). El calendario publicado por la Secretaría de Hacienda no incluye la tasa de plusvalía aprobada por el Concejo Distrital durante el 2018, la cual se aplicará para inmuebles ubicados en estratos 4,5 y 6.

El incumplimiento de cualquiera de estos tributos se traducirá en sanciones pecuniarias y procesos ejecutivos. Por eso, tome nota para que pueda cumplir con el deber ciudadano de pagar impuestos.

Impuesto predial

Para realizar el pago de este impuesto se establecieron tres escenarios. Las personas interesadas en obtener 10% de descuento en el monto final de la tarifa, tienen plazo para pagarlo antes del 5 de abril.

El plazo máximo para pagar el impuesto sin descuento se estipuló hasta 21 de junio.

Desde el año pasado, el Distrito avaló la posibilidad de pagar el impuesto por cuotas. Si usted desea utilizar esta modalidad, debe hacer la solicitud antes del 29 de marzo. Si se acoge a la modalidad por cuotas, los plazos definidos son: primera cuota 10 de mayo, segunda 12 de julio, tercera 13 de septiembre y cuarta 8 de noviembre.

El impuesto predial es un gravamen que se aplica a los bienes inmuebles que se encuentran ubicados en Bogotá. Para establecer el monto a pagar, la Secretaría utiliza el monto del avalúo catastral y establece una tarifa diferencial, dependiendo del estrato donde esté ubicado el inmueble.

Impuesto vehicular

El impuesto vehícular también tiene dos plazos para el pago. Si desea recibir un descuento de 10% en el monto final del impuesto tiene plazo para pagarlo antes del 3 de mayo. El plazo máximo para pagar el tributo sin descuento se estipuló para 28 de junio. Si se excede de estas fechas deberá pagar la tarifa moratoria establecida por la Secretaría.

Este impuesto se establece para todos los vehículos inscritos en el Distrito Capital. La base para estipular el costo toma en cuenta el valor del vehículo establecido anualmente por el Ministerio de Transporte. El rango del impuesto va desde 0,5% hasta 3,5% del monto estipulado por la cartera ministerial.

Impuesto de Industria y Comercio (ICA)

Este es un impuesto que se cobra a todos los establecimientos que se dedican a actividades comerciales. El pago del impuesto se destina para dos tipos diferentes de contribuyentes: régimen simplificado y régimen común.

Los contribuyentes del régimen simplificado deben pagar el año gravable 2018. Para ello tendrán un plazo máximo para cancelar esta obligación tributaria hasta el 25 de enero.

Por su parte, los contribuyentes del régimen común deben realizar un pago cada dos meses. Las fechas estipuladas para el pago máximo de estos impuestos son: 15 de marzo, el 17 de mayo, el 19 de julio, el 20 de septiembre, el 15 de noviembre y el 17 de enero de 2020.

Recaudo en 2018

Durante 2018, la entidad reportó que los contribuyentes capitalinos pagaron $8,98 billones en impuestos, lo que significó un crecimiento de 7,39% en el recaudo anual. Los impuestos que aportan más dinero a las finanzas públicas son: impuesto predial ($3,65 billones) y el ICA ($3,74 billones)

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