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Expertos dicen que el monto que salga por decreto puede ser el mismo que presentó el Gobierno por $523,7 billones, pero depende de la aprobación de la Ley de Financiamiento
Por primera vez en la historia de Colombia, el Presupuesto General de la Nación saldrá con un decreto presidencial sin el aval del Congreso. La discusión principal estuvo centrada en el monto, ya que el Ministerio de Hacienda presentó una propuesta por $523,7 billones que depende de la aprobación de una ley de financiamiento paralela que pretende recursos por $11,8 billones e incluye modificaciones al sistema tributario.
Mauricio Piñeros, managing partner de la firma Gómez-Pinzón y director de la práctica de tributario dijo que el artículo 347 de la Constitución establece que si el Congreso no aprueba el Presupuesto, el Gobierno puede expedirlo por decreto y rige el mismo que fue presentado, es decir, por $523 billones.
“De manera que si no se aprueba la ley de financiamiento, lo que va a pasar es que el Gobierno va a tener que recortar los gastos más adelante, porque no va a poder ejecutar el Presupuesto. No va a poder ejecutar todos los gastos porque el Presupuesto se presentó desfinanciado y no tiene suficientes ingresos”, señaló el experto.
El mismo ministro de Hacienda, Ricardo Bonilla, abrió la puerta a modificar el Presupuesto el próximo año si no se aprueba su iniciativa tributaria.
“Al final de año podremos saber qué parte de esa ley se aprueba y no se aprueba, qué queda financiado y el 2 de enero tendremos que revisar el Presupuesto”, dijo Bonilla ayer desde Nueva York.
Por su parte, Juan Guillermo Ruiz, socio de Posse Herrera Ruiz, señaló que el recorte podría ir más allá de los $12 billones de la tributaria.
“De la revisión que hemos realizado, podría decirse que el faltante presupuestal en 2025 no es solamente el que corresponde a la ley de financiamiento. Observamos que las expectativas de recaudo de la Dian presupuestadas para el periodo están sobrestimadas. Esto supondría que el Gobierno tendría que optar por recortar gastos en 2025, buscar nuevas fuentes de financiamiento, o romper la regla fiscal”, dijo Ruiz.
Ayer se venció el plazo para aprobar el proyecto en primer debate en el Congreso, el cual ya venía con vicios jurídicos, ya que el monto tampoco había sido aprobado por la unanimidad de las comisiones económicas.
Los abogados expertos enfatizaron que el Gobierno no puede decretar los nuevos impuestos que están contenidos en dicha ley de financiamiento.
“Los impuestos, en tiempos de paz, solo pueden ser decretados o modificados por el Congreso”, dijo Piñeros.
“El Gobierno no podría, en situaciones ordinarias, decretar unilateralmente impuestos ni implementar las modificaciones que propone en la ley de financiamiento”, dijo por su parte Juan Guillermo Ruiz.
Había otra versión de que el decreto del Presupuesto se debía expedir por el mismo monto que rige este año, es decir, por $503,2 billones. Sin embargo, para Piñeros esto no es así.
“De acuerdo con la Constitución, el Presupuesto que debe expedir el Gobierno es el presentado al Congreso. No rige el presupuesto del año anterior, eso solo ocurre cuando el Gobierno no lo presenta al Congreso, pero en este caso sí presentó un presupuesto, lo que pasa es que el Congreso no lo va a aprobar”, aseguró el abogado.
Sobre el examen constitucional que tendría el decreto expedido por el Presidente, Piñeros señaló que no es probable que el monto sea declarado inexequible. “No creo que un monto, una cifra de presupuesto de gastos, sea en sí misma inconstitucional, porque la propia Constitución establece que el Presupuesto se puede presentar desfinanciado, es decir, cuando los ingresos no son suficientes para atender los gastos, por eso se presenta una ley de financiamiento, pero el solo monto del Presupuesto en sí mismo no creo que sea inconstitucional y no creo que la Corte pueda declarar inconstitucional solamente el monto”, dijo.
El ministro de Relaciones Exteriores dijo que durante la reunión se habló de paz, clima y la propuesta de Petro de una revisión de la gobernanza global