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En el caso de las EPS, el órgano de vigilancia advirtió que no pueden negar la recepción de facturas emitidas por los prestadores, cuando existen contratos vigentes. Tampoco pueden evitar la radicación de facturas de los prestadores que si bien no tienen contrato, sí han otorgado a sus usuarios el servicio inicial de urgencias. La Superintendencia aseguró que tampoco pueden dilatar la entrega de los soportes físicos para la radicación de facturas de los servicios autorizados por las EPS. A las IPS les advirtió que pueden recaerles sanciones si no registran en sus estados financieros las facturas que ya han sido pagadas por las EPS.
El superintendente de Salud, Julio Muñoz, dijo que estas prácticas pueden generar “distorsiones sobre todo en las cuentas del sistema. Por esas razones las cuentas entre el pagador y el deudor no nos casan”.
La entidad advirtió que si se continúan con estas prácticas pueden recaer sanciones con multas hasta de 2.500 salarios mínimos vigentes.
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