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La medida será transitoria mientras se realizan las fases del proceso consultivo con las comunidades de Puerto Wilches, Santander
Mediante una decisión legal adoptada por la jueza Blanca Judith Martínez, se suspende la licencia ambiental al piloto de fracking Kalé y el trámite de licenciamiento ambiental al proyecto Platero, que se venía gestionando por la Anla, ambos ubicados en el municipio de Puerto Wilches, Santander.
Esta medida sería la respuesta a una tutela interpuesta por la Corporación Afrowilches representada por la Corporación Podion, el Colectivo José Alvear Restrepo y la Alianza Colombia Libre de Fracking el pasado 31 de marzo en la se manifestó la falta de consulta previa a las comunidades de la zona.
Se prevé que la suspensión sea temporal hasta que se hayan realizado todas las fases del proceso consultivo con las comunidades.
"Esta es una victoria de las comunidades afrocolombianas de Puerto Wilches y de las organizaciones ambientales, que durante años hemos venido resistiendo al desarrollo de una técnica que se ha comprobado científicamente que contamina el agua y el ambiente, y demuestra una vez más que la implementación de estos proyectos desde sus inicios se ha realizado vulnerando derechos fundamentales a la consulta previa y la participación ambiental, y sin licencia social en los territorios", afirmó la Alianza Colombia Libre de Fracking.
Según se describe en el fallo, es evidente que en esta etapa experimental se están violando los derechos fundamentales de las comunidad, lo que según los congresistas coadyuvantes de la tutela “demuestra el afán del Gobierno Nacional en adelantar de manera atropellada los pilotos de fracking sin respetar el ordenamiento jurídico y la voluntad de los habitantes de Puerto Wilches, así como el doble discurso del Presidente Iván Duque quien habla en el exterior de proteger el ambiente mientras en Colombia implementa proyectos nocivos para los ecosistemas y las comunidades que los habitan".
En respuesta a la decisión del jueza, Ecopetrol señaló: "Tenemos un absoluto respeto por las comunidades y actuamos en el marco legal. La empresa solicitó en los tiempos establecidos en la regulación ambiental y técnica la solicitud de procedencia de consulta previa y la Dirección de la Autoridad Nacional de Consulta Previa – DANCP certificó que no procede la consulta".
Mediante un comunicado, explicó que durante la elaboración del EIA no se identificó presencia o afectación a ninguna comunidad étnica. "En concordancia con el debido proceso adelantado, acudiremos a las instancias legales correspondientes para que se considere la posibilidad de continuar con el proceso de Licenciamiento Ambiental de los dos proyectos piloto".
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