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Nuevo proyecto de ley tierras está listo para ser sometido a consulta previa con comunidades
La espera terminó y comienza el segundo ‘round’ para la ley de tierras, cuyo primer proyecto suscitó varias discusiones entre empresarios y gremios del sector agroindustrial. Esta vez, el articulado construido bajo el liderazgo del Ministerio de Agricultura buscó tener en cuenta las observaciones y comentarios hechos al primer borrador, entre los que se destacan temas como la protección a la propiedad privada y la definición de explotación productiva de los predios.
Por eso, LR revisará varios de los puntos del articulado con informes diarios sobre el proyecto.
Aunque según fuentes cercanas a la construcción del proyecto a este aún le faltan algunas discusiones para tener una versión final y hay temas relacionados con la titulación que aún no han sido resueltos, el artículo 12 del borrador que será sometido a consulta previa con comunidades, antes de ser radicado ante el Congreso, revela modificaciones clave a la Ley 160 de 1994.
El artículo estaría dirigido especialmente a los denominados ‘colonos’ u ocupantes de la tierra, que han venido explotando terrenos en oficio de buena fe, y que sin embargo, no cuentan con ningún tipo de titulación. Una carta con la que el Gobierno habría intentado dar seguridad jurídica a los ocupantes históricos, que por falta de titulación podrían caer en algún tipo de expropiación.
El artículo le da facultades excepcionales y extraordinarias a la Agencia Nacional de Tierras (ANT) para titular “mediante acto administrativo de adjudicación” la propiedad de terrenos rurales ocupados de buena fe, aunque superen las dimensiones de una Unidad Agrícola Familiar (UAF), a quienes demuestren una ocupación y explotación pacífica por más de 10 años.
Emilio Archila, socio fundador de Archila Abogados y ex superintendente de Industria y Comercio, dice que normalmente, “los baldíos que son de la Nación no se pueden adquirir ocupándolos”, pero lo que plantea el borrador de ley no es entregar los predios, sino reconocer la ocupación del terreno, sin necesidad de remitirse a un juez, sino a través de la ANT.
Una determinación que para José Félix Lafaurie, presidente de Fedegan, va en el camino correcto, ya que favorece la titulación a quienes se les reconoce por ocupar y trabajar la tierra de buena fe. Sin embargo, “tiene que existir un sistema transparente para que la ANT no se convierta en un escenario de corrupción dando tierras a quien no corresponde”.
Algo con lo que no coincide Rafael Hernández, gerente de Fedearroz, quien no está de acuerdo con esta discrecionalidad. “Ese tipo de adjudicaciones las tiene que hacer un juez en un juicio de pertenencia, esto no puede estar a discreción de una Agencia”, ni debe estar a decisión de un funcionario. Pero para Carlos Estefan, gerente de Analac, este es un proceso que ya se viene dando desde hace muchos años.
“Al asignar esta facultad a la ANT se retoma una actividad que ya venía desarrollando el antiguo Incora”, aseguró Estefan, pero también señaló que uno de los mayores peligros es que se lleguen a titular extensiones muy grandes de tierra, ya que el artículo resalta que las áreas a ser tituladas pueden ser superiores a una UAF.
Pero habría otras inquietudes. Andrés Espinosa, CEO de Inverdies y experto en temas agropecuarios, aseguró que a la fecha el Gobierno no cuenta con un inventario de los baldíos existentes. Por eso es necesario que se haga una correcta identificación de tradición y propiedad de todos los predios que puedan ser candidatos a titulación. “Algunas tierras pueden pertenecer a personas naturales o jurídicas que no las adquirieron de buena fe, entonces es fundamental determinar si son o fueron baldíos”.
Porque en muchos casos hay predios baldíos de la Nación que fueron tomados por la guerrilla o grupos al margen de la ley, que podrían estar siendo ocupados por testaferros. “Una de las preocupaciones latentes que dejó el Decreto - Ley 902 (con el cual se facilitó la implementación de la reforma rural integral) es que existe la posibilidad de dar predios rurales a exmiembros de las Farc, lo cual sería un despropósito”, afirmó Espinosa.
José Antonio Ocampo, codirector del Banco de la República y quien diseñó la Ley 160 de 1994, aseguró que esta norma definía claramente que la posesión no daba lugar a derecho. “Sin embargo, después de discutir en la Misión Rural consideramos que podría ser, pero en pequeños latifundios”. Pero haciendo una salvedad: si los predios eran superiores al tamaño de una UAF, debería cobrarse.
“No queremos entregar propiedades inmensas por vía de excepción”, aseguró Ocampo. Aunque el artículo resuelve la situación de colonos con explotaciones históricas, hay dudas ante una posible legalización ilegal de baldíos.
¿Qué puntos clave debe resolver la nueva ley?
Para los gremios agropecuarios, las disposiciones del proyecto son clave para el desarrollo rural. Por eso, Jorge Enrique Bedoya, presidente de la SAC, considera que la ley de tierras es el punto de partida para definir la seguridad jurídica para la propiedad rural hacia el futuro. “Los asuntos más críticos son la calidad en reglas por expropiación, los criterios objetivos para la extinción del derecho de dominio y la claridad jurídica sobre la adquisición de predios de origen baldío” que no son UAF.
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