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JUDICIAL

Tribunal de Arbitramento declaró la nulidad absoluta del contrato de la Ruta del Sol II

martes, 6 de agosto de 2019

El Tribunal ordenó al Estado pagar $211.273 millones a la Concesionaria Ruta del Sol II

María Alejandra Solano Vargas

Después de cuatro largos años de estudiar el caso de la Ruta del Sol II, el Tribunal de Arbitramento , que dirime las diferencias entre la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI) y la concesionaria de la Ruta del Sol II, declaró nulo el contrato y sus adiciones por los hechos de corrupción que empañaron su adjudicación.

Los tres árbitros, Carlos Mauricio González, Catalina Hoyos y Jorge Enrique Ibáñez, ordenaron a la ANI pagar $211.273 millones a la Concesionaria Ruta del Sol II, de la cual son socios Odebrecht, Episol de Corficolombiana, y CSS Constructores. Con dicho dinero, la Concesionaria deberá pagar a los terceros de buena fe.

Es importante decir que la cifra es inferior a las pretensiones de la concesionaria que ascendía a $2,7 billones. Mientras que, la ejecución contractual alcanzó cerca de 52%, que financió a través de créditos bancarios e inversiones de los socios.

Los árbitros se abstuvieron de condenar a la Concesionaria Ruta del Sol a pago de perjuicios a favor de la Agencia Nacional de Infraestructura por las medidas cautelares. Además, declararon la nulidad absoluta al contrato de concesión celebrado entre, en su momento, Instituto Nacional de Concesiones, hoy Agencia Nacional de Infraestructura y la Concesionaria Ruta del Sol S.A. por “causas ilícitas y por haber sido celebrado con abuso y desviación de poder”.

Según el Tribunal para ejecutar esta decisión la Agencia Nacional de Infraestructura debe disponer de los recursos que se encuentran en el patrimonio autónomo de Fideicomiso Ruta del Sol sector II que en este momento se encuentra administrado por la Fiduciaria Corficolombiana. La fiducia tiene alrededor de $187.056 millones. Además, deben adicionar los rendimientos hasta el momento de retiro.

El dinero del que habla el Tribunal se utilizará para pagar las deudas con terceros de buena fe, es decir, los bancos. Luego de que se hayan utilizado los recursos de la fiducia la Agencia Nacional de Infraestructura deberá disponerse a pagar $24.217 millones o el saldo faltante, recursos que se deben direccionar a los terceros de buena fe.

Según expertos en el caso, este valor establecido en el laudo, es decir $211.000 millones, es adicional al monto que ya se había reconocido y pagado a los bancos por un valor de $1,4 billones, por lo tanto, el valor real total de la liquidación reconocida es de $1,63 billones.

Por otra parte, analistas apuntan que a diferencia de lo que habían dicho algunos peritos, la cifra reconocida por El Tribunal de Arbitramento a favor de la concesionaria Ruta del Sol II ratifica que el Estado sí está en obligación de pagar a la concesionaria para no configurar un enriquecimiento sin justa causa.

Iván Darío Gómez, procurador delegado para la Conciliación aseguró que “se negaron pretensiones por $2,7 billones, este es un laudo a favor del Estado colombiano”.

En cuanto al Grupo Aval y sus bancos, ya han provisionado en sus balances gran parte del impacto y el excedente a pagar representa menos del 1% del patrimonio total de la organización.

Controlaría vigilará el laudo arbitral

A través de un comunicado, la Contraloría General de la República, destacó que el Laudo Arbitral dictado, en el caso de la Concesionaria Ruta Del Sol S.A.S y la Agencia Nacional de Infraestructura, se ajusta al parágrafo del artículo 20 de la Ley 1882 de 2018, recientemente declarado exequible de manera condicionada por la Corte Constitucional. El sentido de que los reconocimientos a título de restituciones deben estar dirigidos al pago del pasivo externo del proyecto con terceros de buena fe, tal como el Contralor General de la República, Carlos Felipe Córdoba, lo solicitó en audiencia en el Tribunal Constitucional previa demanda presentada por esta entidad.

Igualmente, los reconocimientos que se realizan en el Laudo Arbitral al Concesionario, corresponden a inversiones ejecutadas por el contratista pero, sumado a ello, se dirigen a cubrir deudas con terceros de buena fe, tal como lo establecen los artículos 10 y 11 del mencionado Laudo.

La Contraloría General de la República estará atenta a vigilar el correcto cumplimiento de lo ordenado en el Laudo Arbitral, así como la continuación del proyecto que se encuentra en un estado de avance de aproximadamente el 52%, en salvaguarda de los recursos públicos.

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