MI SELECCIÓN DE NOTICIAS
Noticias personalizadas, de acuerdo a sus temas de interés
La medida está en línea con los términos y condiciones que recomienda la empresa fabricante de dicho inmunológico
En medio de la discusión de si aplicar la segunda dosis de la vacuna de Pfizer contra el covid-19 en un plazo mayor a 21 días, el juzgado 004 civil del Circuito de Cartagena resolvió, mediante una acción de tutela, la solicitud de Ernesto Camilo Burgés López para que, en un plazo de 48 horas, el Ministerio de Salud y Nueva EPS le apliquen la segunda dosis del inmunológico.
La medida está en línea con los términos y condiciones que recomienda la empresa fabricante de dicho biológico.
De acuerdo con el juzgado, el hecho de aplazar la aplicación de la segunda dosis de esta vacuna no tiene el suficiente soporte científico. De hecho, Pfizer S.A., Colombia aseguró que “no se han realizado estudios de eficacia de la Vacuna Pfizer, en intervalos mayores a 21 días, por tal motivo afirmar que la segunda dosis de la requerida vacuna puede ser aplicada en un intervalo de 0 a 90 días, carece de fundamento científico alguno”.
En el documento, la instancia también mencionó que el 22 de junio le solicitó la Cartera rendir un informe de los hechos objeto de la tutela, así como anexar la documentación y la evidencia científica que lo llevó a sustentar el aumento en el plazo para la aplicación de la segunda dosis.
“No se encuentra satisfecho, pues, con el informe no se avizora mayor información obtenida para validar la decisión, de manera que se incumple de manera parcial lo ordenado por esta instancia”, aseguró el Juzgado.
El despacho anotó que la Cartera de Salud no aportó los soportes científicos que llevaron a considerar las modificaciones implementadas al Plan Nacional de Vacunación en cuanto a la ampliación del plazo para aplicar las segundas dosis del inmunológico de Pfizer, pasando de 21 a 90 días.
La judicatura también mencionó que ese aumento injustificado en la aplicación de la segunda dosis no sólo afecta los derechos fundamentales a la salid y a la vida del accionante, sino que también tiene un efecto sobre su trabajo digno.
Miguel Silva explicó que este proyecto es de competencia del Gobierno Nacional y que la ANI tiene la responsabilidad principal sobre su ejecución
A pesar de la flexibilización, analistas recalcan que el proyecto es inviable. Sin ley de transferencia de competencias se necesitarían nueve reformas tributarias
Las actividades artísticas y la agricultura crecieron 14,1% y 10,7%, respectivamente. Fueron los únicos sectores con alza de doble dígito