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Maria Fernanda Carrascal- representante que radicó PL para implementar licencias menstruales
LABORAL

Ventajas y preocupaciones para el mercado laboral de aprobar licencias menstruales

martes, 11 de abril de 2023

Maria Fernanda Carrascal- representante que radicó PL para implementar licencias menstruales

Foto: Colprensa

Con la reforma laboral y el proyecto de ley de licencias, se abrió la discusión de su viabilidad en el mercado laboral colombiano

Recientemente fue tramitada en el Congreso de la República una iniciativa que busca que las mujeres tengan una licencia laboral remunerada cuando estén en sus días menstruales. Se trata de un proyecto radicado por los representantes a la Cámara María Fernanda Carrascal y Pedro Suárez Vacca del Pacto Histórico. Este se suma a lo establecido en el artículo 57 de la reforma laboral que se está tramitando en el Congreso.

Este tema inició la discusión en la opinión pública sobre si esta propuesta es necesario o no, y si podría significar una distorsión en el mercado laboral para la contratación de mujeres, según lo afirman algunos expertos. Si bien cada mujer tiene procesos y síntomas diferentes, si es cierto que en muchas ocasiones la menstruación puede impedirles la realización de sus tareas diarias.

Según datos del Dane, entre mayo de 2021 y mayo de 2022, en promedio 8% de las mujeres ha tenido que interrumpir sus actividades diarias por su periodo menstrual. Y, en su mayoría, lo hicieron por síntomas físicos asociados como dolor de estómago, espalda, cabeza o malestar general (86%) .

Ese tipo de síntomas en algunas ocasiones responden a enfermedades como la endometriosis, la cual, según datos de Dejusticia, su diagnóstico puede demorar entre siete y 10 años. Esta demora se debe en parte a que las pacientes no consideraban relevante preguntar por sus menstruaciones dolorosas cuando iban a sus chequeos médicos.

Teniendo en cuenta ese panorama, el artículo 57 de la reforma laboral plantea que "se deben otorgar licencias necesarias en los "casos de ciclos menstruantes incapacitantes, dismenorreas o cuadros de tensión abdominal por la menstruación, asociados a endometriosis ya diagnosticado". En el proyecto radicado por la representante Carrascal, esta visión se complementa pues se considera que la menstruación es un factor de desigualdad.

Para algunas expertas en derecho laboral, poner el tema sobre la mesa es importante por un asunto de reivindicación de derechos. "Con esto se da un lugar más preponderante en las discusiones feministas en la formalización de políticas públicas. Es una reivindicación importante que parte del hecho que el mercado laboral ha sido diseñado por hombres y no por mujeres", dijo Juliana Morad, directora del Observatorio Laboral de la Universidad Javeriana.

No obstante, Morad hace la salvedad de que este sería un beneficio con el que solo contarían las mujeres que estén dentro de la formalidad con un contrato laboral. "Es importante mirar que este aplica a la gran mayoría de mujeres que no tienen un contrato de trabajo", explicó. En esa misma línea, Dalia Marcela Orduz Pérez, abogada laboralista, resaltó que aún muchas mujeres están relegadas al trabajo de cuidado, y esta medida no las beneficiaría.

En cuanto a la posible distorsión en el mercado, Orduz Pérez, abogada laboralista, también hizo la comparación con los resultados que ya ha mostrado la implementación de la licencia de maternidad, "esta ha desincentivado la participación en el mercado laboral de las mujeres, lo cual también podría ocurrir con la licencia menstrual".

Y es que de llegar a aprobarse, María Angélica Carrión, asesora laboral de López & Asociados, "hablar de ciclos menstruales incapacitantes en la reforma y el proyecto, es un tema que debería dar lugar a una incapacidad médica, y no solo a una manifestación de dolor". Es decir, Carrión considera que no solo habría problemas probatorios, sino en el sistema de salud asociado, porque formalmente "una licencia no requiere de una incapacidad médica" .

De igual manera, para la experta, imponer la posibilidad de 12 días de licencia al año para mujeres, no es una medida efectiva de inclusión, por el contrario, puede dar lugar a temores sobre ausencias injustificadas, afectando la productividad, y no logrando atender de manera efectiva la reducción de las brechas de género.

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