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La carta de 58 páginas firmada por varios sindicatos desarrolló un pliego de cinco peticiones para que sean consideradas por el Ministerio de Trabajo
La Asociación Colombiana de Aviadores Civiles (ASDAC), el sindicato de los Tripulantess de Cabina de Colombia (Sintratac) y la Asociación Colombiana de Auxiliares de Vuelo (Acav) solicitaron que se tenga como terceros interesados en el procedimiento de la referencia a las organizaciones sindicales a las organizaciones sindicales que actúan en representación de los trabajadores.
Carlos Roncancio Castillo firmó la carta en representación de las agremiaciones que están lanzando oficialmente la solicitud. La justificación para esto radica en que, según indica el documento oficial "por tener consecuencias directas relacionados con la sostenibilidad del empleo, la vigencia de los contratos, la existencia de las organizaciones sindicales de las convenciones colectivas, que se garantice a través de dicho proceso de integración los puestos de trabajo y los derechos individuales y colectivos de los trabajadores de ambas compañías pertenecientes a las suscritas organizaciones sindicales".
De acuerdo con las agremiaciones, la negativa de la Aerocivil para autorizar la integración de las empresas "no reparó lo suficiente y lo necesario en el impacto laboral positivo de dicha determinación y, por lo mismo, soslayó las ventajas que en materia laboral y de protección de los derechos de los trabajadores implica dicha integración".
Adicionalmente, la carta de 58 páginas pone a consideración de la ministra de Trabajo, Gloria Inés Ramírez Ríos, cinco peticiones.
Que se garantice la tutela efectiva del derecho al trabajo, al empleo y su estabilidad para los colaboradores que prestan servicios a Viva Air, de la razón social Fast Colombia S.A.S, de forma directa (1.261 personas) e indirecta (2.094 personas). Así mismo, se solicitó que se garantice el goce efectivo de los derechos laborales, sindicales, individuales y colectivos de los trabajadores que están en la compañía.
Además, se pidió que se garantice la existencia de la empresa Viva Air con el marco del derecho al trabajo forma y decente, "al derecho de asociación, al de negociación colectiva, la estabilidad en el empleo, así como del desarrollo de las regiones que conlleva el fortalecimiento del empleo, la conectividad, la sustentabilidad y sostenibilidad del crecimiento económico y social del país".
Se reiteró que se incluyera de forma vinculante dentro del análisis del proceso de integración entre las dos empresas el impacto para los trabajadores quienes en la posible liquidación podrían verse afectados.
Y, finalmente, se solicitó permiso para acceder al expediente del caso para el "el buen recaudo de la información necesaria para la defensa y contradicción de las organizaciones sindicales a las cuales apodero y de cuyos afiliados se verían directamente afectados sus derechos en el marco de la negativa al proceso de integración entre ambas aerolíneas".
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