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Tras seis meses de haberse anunciado la reversión de activos e infraestructura al Estado para los contratos iniciales de celulares de Claro y Movistar, hoy se conoció el fallo definitivo de la Corte Constitucional en el que se reiteró el concepto de exequibilidad de los artículos relacionados con la devolución de infraestructura de la Ley 422 de 1998 y de uno de los incisos de la Ley 1341 de 2009.
Por esa razón, Movistar y Claro tendrían que devolver la infraestructura de redes que implementaron entre los años 1994 y 1998, tiempo en el que se modificaron los acuerdos iniciales. En este periodo se pactó que para obtener el permiso de prestación del servicio las firmas tenían que entregar el espectro y la infraestrucura creada con este objetivo.
Añadieron que Ecopetrol, con el pozo Sirius-2, confirmó un descubrimiento de gas natural de más de seis terapies cúbicos de gas en el mar Caribe
El pasado 11 de octubre la Superintendencia de Industria y Comercio, SIC, decidió emitir la suspensión del Sistema de Información Hotelera, SIH
En cuanto a los carros híbridos y eléctricos, se matricularon un total de 51.891 vehículos, lo que es un incremento de 64,7% frente a los 31.500 de 2023