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Entre las principales medidas está autorizar de manera inmediata líneas de créditos de fomento a 5 años con 3 años de periodo de gracia
Mediante una carta, la Corporación Terminales de Colombia pidió al presidente de la República, Iván Duque, tomar medidas para mitigar el impacto económico a las terminales de transporte terrestre automotor de pasajeros por la emergencia sanitaria y de salud pública.
"Coterco, en nombre de las terminales de transporte, tiene clara la obligación de garantizar la prestación de servicio público de transporte de pasajeros, tal y como se ha venido desarrollando. Sin embargo, garantizar la salubridad y evitar la propagación del virus es una responsabilidad que está en cabeza del Gobierno Nacional, departamental y local y no en las terminales de transporte", dice la misiva.
Entre las medidas está, que se permita el cierre de las terminales de transporte terrestre automotor
de pasajeros por carretera que a pesar de estar abiertas a los usuarios registran cero operaciones, de conformidad con los reportes remitidos diariamente a la Superintendencia de Transporte. No obstante la medida, se seguirá manteniendo la comunicación con los usuarios a través de los mecanismos alternativos como página web, líneas telefónicas y correo electrónico.
Otra de las medidas es que se autorice a las terminales de transporte terrestre que las erogaciones en que se incurran para la implementación del control sanitario para afrontar la pandemia del Covid-19, se descuenten del impuesto de renta en el año gravable 2020, teniendo en cuenta que es un gasto que no tiene causalidad con el normal funcionamiento de las actividades propias de las terminales de transporte.
Además, autorizar de manera inmediata líneas de créditos de fomento a 5 años con 3 años de periodo de gracia para el sector de transporte de pasajeros terrestre automotor de manera que permita amortiguar las pérdidas.
También piden responsabilizar a las entidades del orden departamental y municipal el cuidado de la salud pública de los usuarios de las terminales de transporte terrestre automotor y en la prestación del servicio público básico, previsto por el Decreto 457 de 2020, de tal forma que guarde armonía con las políticas de orden del Gobierno Nacional.
Finalmente, ampliar los beneficios tributarios de las ZESE (Zona Económica y Social Especial), Art. 268 de la ley 1955 de 2019, reglamentado por el Decreto 2112 del 24 de noviembre de 2019, a las terminales de transporte terrestre automotor de pasajeros.
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