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El pasado 7 de diciembre un Laudo Arbitral falló en contra de EPM por el incumplimiento de los hitos 7, 8 y 9 que pondría en funcionamiento cuatro turbinas de Hidroituango
El pasado 7 de diciembre fue emitido el Laudo Arbitral en el que se falló en contra de EPM concluyendo que “Empresas públicas de Medellín, E.S.P. - EPM es responsable de todos los daños y perjuicios causados a Hidroeléctrica Ituagno S.A. E.S. P. - Hidroituango S.A por el incumplimiento del Contrato Boomt suscrito el 30 de marzo de 2011” (Numeral Resolutivo Cuadragésimo noveno), por lo que debe asumir todos los mayores costos por la contingencia y sin afectar la remuneración que le corresponde a Hidroituango".
Así, EPM se declaró obligada a pagar a Hidroituango, por las Cláusulas penales de apremio por incumplimiento de los Hitos, una suma de $781.828.888.350; así mismo, por concepto de costas del proceso, un valor de $2.547 millones.
Debido a lo anterior, EPM anunció su decisión de optar por pagar la suma de casi $781.300 millones "por el concento de las “Cláusulas Penales de Apremio por Incumplimiento de Hitos”, como un menor valor del costo del proyecto para efectos del cálculo de la Remuneración, una vez se cumplan
los supuestos para ello", según manifestó la empresa.
De esta manera, EPM afirmó "con la información vigente a la fecha, no se tiene un impacto en la liquidez de la empresa en el mediano plazo y no se requieren fuentes adicionales de financiación".
Añadiendo que las Empresas Públicas de Medellín continúa evaluando "la pertinencia de ejercer las acciones y recursos legales en defensa de sus intereses, teniendo en cuenta los términos judiciales con que cuenta para ello".
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