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SALUD

Así funciona el pago de servicios de las EPS a los prestadores de salud en el sistema

lunes, 8 de abril de 2024
La República Más

Las IPS tienen la función de prestar servicios de salud, mientras que las EPS deben asegurar y garantizar la prestación de estos servicios.

La crisis en el sector salud ha desatado varias decisiones en los últimos días. El Gobierno Nacional, por medio de la Superintendencia de Salud, ha anunciado la intervención de dos EPS: Sanitas y Nueva EPS. Por otro lado, el pasado viernes Compensar EPS pidió una liquidación voluntaria por los problemas financieros que atraviesa. Una de las principales dudas que surge en ese sentido es cómo se da el pago entre EPS e IPS, pues las primeras adeudan millonarias cifras a las segundas.

Las Entidades Promotoras de Salud han argumentado que la falta de pago se da porque la UPC (Unidad de Pago por Capitación) no es suficiente para atender los costos de las atenciones de salud, lo que ha devenido en una desfinanciación del sistema. Jesús Albrey González, presidente del Colegio de Abogados en Derecho Médico, dijo que el argumento de Compensar para su retiro voluntario, se dio porque el sistema es insostenible desde el punto de vista financiero.

Así mismo, las EPS han denunciado que el Gobierno ha incumplido con el pago de presupuestos máximos, la otra forma de financiación, además de la UPC, lo que ha generado la crisis en el sistema.

Teniendo este contexto en mente, es importante tener en cuenta cómo funcionan estos pagos entre EPS e IPS. González explicó que las IPS tienen la función de prestar servicios de salud, mientras que las EPS deben asegurar y garantizar la prestación de estos servicios. “Los servicios se pueden prestar bajo varias modalidades, como dentro del marco de un acuerdo de voluntades, una concertación entre las dos partes”, dijo.

Dentro de este acuerdo de voluntad existen dos modalidades de pago: prospectivas y retrospectivas. Las primeras son aquellas en las que se calcula de forma anticipada el pago, como los pagos por capitación, que estiman el valor anticipado del contrato para desembolsar el dinero.

Las segundas son por modalidad de evento, retrospectivamente, y son aquellos pagos que no tienen contrato, tal como las atenciones de urgencias. “Existen normas que garantizan que los pagos se hagan de manera anticipada o no”, dijo el abogado.

¿Las IPS se verán afectadas?

Una de las dudas que surgen sobre los acontecimientos de los últimos días es si las IPS tendrán afectaciones tras la intervención del Estado en las EPS. En ese sentido, González explicó que los pagos que se deben, se tienen que garantizar.

“El Estado, en teoría, toma una empresa para administrarla, por lo que el dinero debería entregarse. No debería existir afectación y habrá que esperar una política sobre las intervenciones”. El experto aseguró, sin embargo, que las intervenciones nunca han funcionado por cuanto “si se revisa la historia del sistema en Colombia, más de 170 EPS se han liquidado bajo este modelo; ninguna se salvó”. El experto agregó que ante los cierres de EPS, el Estado podrá enfrentar demandas por parte de las IPS a las que se les debe dinero.

“Muchas han quebrado luego de las liquidaciones y cierran con deudas a sus trabajadores. La única alternativa es demandar al Estado porque el hecho de que exista la EPS, no le quita al Estado la responsabilidad de garantizar la prestación de salud, que es un servicio público esencial”, concluyó.

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