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Diego Angelillis, Gerente de la Industria Licorera de Caldas
La organización apuntó que la restricción vulneraba las normas constitucionales que protegen el derecho a la libre competencia
Frente a la decisión de la Corte Constitucional de eliminar las restricciones de venta de aguardiente en todo el territorio nacional, la Industria Licorera de Caldas señaló que la decisión es “transcendental para el desarrollo de la industria de licores, especialmente para la del aguardiente”.
Lo anterior lo argumentó afirmando que la decisión incentiva el aumento de la competencia, con lo cual el sector privado tendría productos con mayor innovación y desarrollo. A la vez, expresó que gracias al fallo habría más recursos para invertir en salud y educación.
Y es que la decisión del organismo judicial declaró inconstitucional el artículo 28 de la Ley 1816 de 2016, es decir, la Ley de Licores, la cual facultaba a departamentos productores de aguardiente a restringir o prohibir la introducción de otras marcas de aguardiente a su región.
“Cuantas más botellas de aguardiente se vendan, sea cual sea su marca o procedencia, más participación y derechos de explotación recibirán los departamentos por la introducción y venta de aguardientes en sus jurisdicciones”, manifestó la organización.
La Industria también apuntó que la restricción vulneraba las normas constitucionales que protegen el derecho a la libre competencia en el mercado y también, el derecho que tienen los consumidores a elegir los productos”.
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