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El impacto de los ultraprocesados por los impuestos
COMERCIO

Té líquido y leche saborizada, los más afectados por impuestos a los ultraprocesados

lunes, 29 de abril de 2024

El impacto de los ultraprocesados por los impuestos

Foto: Gráfico LR

Kantar, firma de mercado, publicó un informe que reveló que los nuevos gravámenes bajaron la frecuencia de estos productos en 6%

Luego de que se aprobara la Ley 2277 de 2022, se establecieron en Colombia los impuestos saludables para las bebidas azucaradas ultraprocesadas y a productos comestibles ultraprocesados, con altos niveles de azúcares añadidos, sodio o grasas saturadas.

Según el más reciente estudio de Kantar, las tres categorías más afectadas en términos de volumen de compras fueron el té líquido, leche saborizada y chocolates/chocolatinas, con disminuciones en el tamaño de ventas que oscilaron entre 5% y 20% durante los dos primeros meses de la implementación del impuesto.

La firma también observó un aumento de 14% en el gasto total de la canasta de alimentos ultraprocesados, en comparación con el año anterior. "Esto contrasta con un aumento de 9% en el desembolso de otras categorías que no estaban sujetas a impuestos", explicaron desde la entidad.

Kantar señaló que los hogares están reduciendo la frecuencia de compra de productos gravados, que llevó a una disminución de 6% en un trimestre. "Algunos consumidores han optado por migrar hacia marcas más económicas, lo que ya ha resultado en un aumento de 1% en la participación de mercado de éstas".

"El impuesto no solo impacta en la canasta de productos ultraprocesados, sino que también puede repercutir en categorías no sujetas a este impuesto. Esto se debe a que las familias pueden optar por dejar de comprar productos no gravados para mantener el consumo de aquellos que sí lo tienen, pero que consideran esenciales en sus compras", explicó John Studerus, gerente de analítica avanzada en Kantar.

Impuestos ultraprocesados y su impacto
Gráfico LR

De hecho, durante la conferencia de inversionistas del Grupo Nutresa, llevada a cabo a finales de febrero de este año, el presidente Carlos Ignacio Gallego anunció que los impuestos saludables afectan a 93% de su abanico de productos en la categoría de helados con Crem Helado; 73% a la división de chocolates, con marcas como Jet, Corona y Chocolisto; 41% en la división de embutidosy derivados cárnicos, con marcas como Ranchera, Zenú y Pietrán; y la categoría de galletas en 31%, con productos Noel.

Uno de los efectos provocados por esta imposición tributaria ha sido que el consumidor colombiano cambió sus formas de adquirir bebidas y alimentos, bien sea dejando de comprar productos con el impuesto saludable o adquiriendo otras marcas más económicas para compensar el alza en el precio final de los primeros.

¿Cómo funciona este impuesto?

De acuerdo con la Dian, la tarifa del impuesto a las bebidas ultraprocesadas azucaradas se expresa en pesos por cien mililitros de bebida. Si en 100 ml de bebida se encuentran menos de seis gramos de azúcares añadidos no aplica el impuesto; si la cantidad de azúcares se encuentra entre seis y 10 gramos, se deberán pagar $28 y $38 en 2025; y si es igual o mayor a 10 gramos será de $55 y $65 para el próximo año.

Para el caso de los alimentos ultraprocesados, la aplicación del impuesto varia dependiendo de si trata de azúcares añadidos, sodio o grasas saturadas. Con respecto a los niveles de sodio, se toma una porción del alimento y se divide el contenido de sodio reportado entre el número de kilocalorías. Sí esta relación es superior a uno (1), será sujeto de impuesto. También debe calcular el contenido de sodio en 100 g y si este supera 300 mg, estará sujeto al impuesto. Es suficiente con que se cumpla una de las dos condiciones para que sea aplicable.

Para las grasas saturadas se multiplica la cantidad de grasas saturadas en gramos por el factor de conversión de grasas (9 kcal/g) en cualquier cantidad de alimento. El resultado se divide entre el total de las kcal, de la misma cantidad de alimento y se multiplica por 100. Este se compara con el total de la energía proveniente de grasas saturadas, sí es igual o superior a 10%, estará sujeto al impuesto.

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