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El Consejo de Estado indicó que el pánico derivado de la toma de posesión y sus efectos no fue sustentado normativamente
El Consejo de Estado negó la medida cautelar con la que los apoderados de EPS Sanitas pretendían obtener una medida cautelar que suspendiera la intervención estatal; medida que permitió al Gobierno tomar el control de la entidad, sus bienes y hacerse cargo de los afiliados.
En un apartado del documento judicial, el alto tribunal señaló que "el extremo accionante expuso que la medida de intervención afecta de manera grave el orden económico y social (...) debido a que tal pánico derivado de la toma de posesión solo conlleva a un colapso del sistema de salud".
"Sobre este argumento, se considera que es una afirmación que no fue sustentada normativa ni probatoriamente y que corresponde a una apreciación subjetiva de la parte demandante en relación con los efectos del acto demandado", añadió.
Allí mismo se lee que, "del estudio preliminar de las normas superiores invocadas en la demanda y de las pruebas aportadas al expediente, se considera que no están acreditados los requisitos señalados por el artículo 231 de la Ley 1437 para el decreto de la medida cautelar solicitada por la parte demandante".
"Por lo tanto, se negará la solicitud de medida cautelar de suspensión provisional de los efectos de las resolución de 2 de abril de 2024, expedida por la Superintendencia de Salud", puntualizó el Consejo de Estado.
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