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Las EPS tendrán que presentar un plan de saneamiento que contemple el pago de la totalidad del pasivo en no más de 48 meses
Luego de las sesiones de trabajo con las EPS, el presidente, Gustavo Petro, confirmó en su cuenta de X que acordaron los criterios de transformación de estas entidades en gestoras de salud, su rol y las responsabilidades que tendrían dentro del sistema.
Aunque este consenso se logró entre delegados de la Presidencia de la República y del Ministerio de Salud con Acemi, en representación de Nueva EPS, Salud Total, EPS Sura y Compensar; así como Gestarsalud, en nombre de Mutualser y Coosalud, el proyecto señaló que, si la Entidad Promotora de Salud no está interesada en transformarse en gestora de salud y vida, "deberá presentar su plan de retiro voluntario".
"En el caso del numeral dos, las entidades promotoras de salud tendrán que presentar un plan de saneamiento que contemple el pago de la totalidad del pasivo en un tiempo que no podrá ser superior a 48 meses contados a partir de la radicación del plan de retiro voluntario o al vencimiento de los 60 días previstos en el presente artículo", dijo.
Pero las dudas de todo este asunto también se centran en qué es una gestora de salud y las funciones que asume al cambiar su rol.
El artículo 24 del proyecto de ley que fue concertado con las EPS y que se ha puesto a consideración de la ciudadanía, establece que las gestoras de salud y vida son unas entidades que pueden ser públicas, privadas o mixtas que nacen de la transformación de las EPS, y tienen asignadas una serie de funciones orientadas básicamente a la gestión integral del riesgo en salud y operativo en cada uno de los territorios asignados.
“Para poder establecer la figura y cambiar el modelo de aseguramiento debe hacerse necesariamente una reforma de carácter legal;de hecho, lo que ha sucedido es que las EPS y el Gobierno han aparentemente concertado un proyecto de articulado concentrado en 47 artículos, en el que se transformarían las EPS en gestoras de salud híbrida”, explicó Jesús Albrey González, presidente del Colegio de Abogados en Derecho Médico.
En el marco legal, estas gestoras de salud tienen 25 funciones establecidas en el mismo proyecto de ley, relacionadas con las acciones de gestión del riesgo en salud, la coordinación de los sistemas de referencia y contrarreferencia, el establecimiento de los planes de intervención y articulación de servicios para las demandas en salud, el desarrollo de modelos de gestión que permitan anticipar los riesgos en salud, y una serie de funciones administrativas de coordinación de redes integradas e integrales, entre otros.
“Según el proyecto de articulado, se les reconocerá 5% de la unidad de pago por capitación y pueden recibir hasta un valor de 3% adicional,siempre que tengan incentivos por resultados en salud, uso eficiente de recursos y satisfacción del usuario según el artículo de ley presentado”, agregó.
Paúl Rodríguez, docente de la Universidad del Rosario, explicó que “este nuevo proyecto que apareció sobre las gestoras, tiene un papel 'extraño' en sí mismo que es en el de auditar cuentas, es como una revisoría fiscal especializada en el sector salud, no tienen una responsabilidad sobre el gasto; si se quiebra el sistema, las gestoras siguen vivas”.
El experto aseguró que, en el sistema actual, dada la ley estatutaria de salud, las EPS tienen toda la responsabilidad financiera, con o sin giro directo, con o sin tarifario. “Si le falta plata sigue siendo responsabilidad de las EPS ver qué se inventan para lograr que esto funcione. Obviamente se vuelven incompatibles; si hay un tarifario, como era la pretensión que se conoció esta semana, limita completamente la posibilidad de que existan contratos y de que las EPS pueden gestionarle los recursos”.
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