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Los empleadores tienen hasta el 31 de enero para consignar los intereses de las cesantías y hasta el 14 de febrero el ahorro de todo un año
Algunos fondos como el Fondo Nacional del Ahorro, permite hacer el trámite de forma virtual, otros requieren acercarse a una sucursal
Cuando un empleado piensa en traslados, afiliaciones y retiros del fondo de cesantías, puede llegar a creer que son trámites engorrosos y llenos de papeleo. Sin embargo, hay algunos que pueden demandar mucho menos de lo que se cree, entre ellos, el traslado de dinero de un fondo de cesantías a otro.
En primer lugar, es importante aclarar que, a diferencia de las afiliaciones al fondo de pensión, un empleado puede tener tantas cuentas de cesantías como empleos haya tenido. Esto significa que no es necesario estar afiliado y tener las cesantías en un solo fondo, aunque en términos de rentabilidad podría ser lo más conveniente.
Teniendo en cuenta esto, si se quiere hacer un traslado, los pasos son sencillos: primero,tener identificado el fondo al que quiere trasladarse; segundo, revisar en la página web de la entidad cómo se debe hacer el trámite, el cual suele coincidir con el de afiliación, y también si es posible de forma virtual o debe ser presencial.
Tercero, realizar el trámite según lo referido, ya sea el diligenciamiento de forma digital del formulario de afiliación o a través de un asesor en las oficinas del fondo elegido; por último, proporcionar los documentos adicionales que sean solicitados, como fotocopia de la cédula o datos del empleador.
De los 2 millones de afiliados, 1,7 millones lo están por cesantías; 350.374, por ahorro voluntario y 67.494, con ambos productos
No pagar las cesantías a este tipo de trabajadores puede traer riesgos para los empleadores, entre ellos, la mora adquirida
La propuesta prevé esta opción para pagar esta prestación social, pero no se afectaría su naturaleza, ni la base ni porcentajes de liquidación