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Conozca cómo es la tributación actual en Colombia para las empresas y personas naturales de cara a la nueva Ley de Financiamiento que prepara el Gobierno.
Medida vendrá acompañada del nuevo impuesto de normalización tributaria
Aunque en 2015, 2016 y 2017 se aplicó un tributo transitorio, conocido como el impuesto a la riqueza, que será cobrado por última vez en 2018, la nueva ley de financiamiento introduce un elemento similar: el Impuesto al Patrimonio, que se gravará de forma extraordinaria cada año entre 2019 y 2022.
Este impuesto contempla una tarifa de 0,5% para quienes posean un patrimonio igual o mayor a $3.000 millones y menor a $5.000 millones, y de 1% para patrimonios de $5.000 millones en adelante.
Según la ley de financiamiento, “la base gravable del impuesto al patrimonio es el valor del patrimonio bruto de las personas naturales, sucesiones ilíquidas y sociedades o entidades extranjeras poseído a 1° de enero de 2019, 2020, 2021 y 2022 menos las deudas a cargo vigentes en esas mismas fechas”.
Jairo Higuita, socio de Jiménez, Higuita, Rodríguez & Asociados, explica que este impuesto va en línea con el mensaje del Presidente de gravar a quienes tienen patrimonios e ingresos altos, algo que vendrá acompañado del nuevo impuesto de normalización tributaria, que complementará no solo al nuevo gravamen al patrimonio sino también al impuesto de renta.
Esta nueva medida, que entrará en vigencia a partir de 2019, estará a cargo de los contribuyentes del impuesto sobre la renta que tengan activos omitidos o pasivos inexistentes, y tomará como base gravable sea el valor del costo fiscal histórico de los activos omitidos.
El tributarista explica que este gravamen lo que busca es “dar una última amnistía a quienes vienen omitiendo activos y que están en un estado irregular desde el punto de vista tributario”, de modo que puedan ser incorporados en sus declaraciones de normalización tributaria y paguen ese impuesto alternativo para normalizar su situación ante las autoridades tributarias.
La ley de financiamiento establece también que este impuesto se declarará, liquidará y pagará en una declaración independiente, que será presentada el 25 de septiembre de 2019, y que los contribuyentes del impuesto sobre la renta que no tengan activos omitidos o pasivos inexistentes a enero 1 de 2019 no serán sujetos pasivos del nuevo tributo a menos que decidan acogerse al saneamiento establecido en la nueva ley.
Higuita comentó que se dará un último año a los contribuyentes para que “sellen activos en el exterior”, ante un panorama de “intercambio automático de información y transparencia fiscal internacional”.
Finalmente, dentro del Título III de la ley de financiamiento se incluye el impuesto a los dividendos para sociedades nacionales, el cual aplicará una tarifa de 5% a título de impuesto sobre la renta a dividendos y participaciones pagados o abonados en cuenta a sociedades residentes en el país.
Se espera que este miércoles continúe con su discusión.
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