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Hacienda

Contexto de la Ley de Financiamiento


Conozca cómo es la tributación actual en Colombia para las empresas y personas naturales de cara a la nueva Ley de Financiamiento que prepara el Gobierno.

LABORAL

Fasecolda expresó su preocupación sobre posibilidad de que se grave el ahorro pensional

lunes, 3 de diciembre de 2018

Representante a la Cámara Oscar Darío Pérez aseguró que "los fondos de los pensionados estarán a salvo de impuestos"

Laura Lucía Becerra Elejalde

Ante la ponencia de la nueva ley de financiamiento han llegado nuevas preocupaciones desde diferentes sectores sobre la posibilidad de que se imponga algún gravamen al ahorro pensional, una discusión que surgió a partir del artículo 68 del documento que se radicó la semana pasada ante el Congreso.

Este punto establece una modificación al artículo 235-2 del Estatuto Tributario para rentas exentas a partir del año gravable 2019, un asunto sobre el cual ha expresado su preocupación Jorge Humberto Botero, presidente de Fasecolda, gremio que agrupa a las aseguradoras.

En un documento presentado por la entidad se critica la posibilidad de que se imponga un gravamen a los recursos de la Seguridad Social en los ramos de vejez, invalidez y muerte y un gravamen a las indemnizaciones provenientes de seguros de vida.

"La ponencia para primer debate mantiene dos propuestas que consideramos
inconvenientes: la eliminación de las exenciones del impuesto de renta de las sumas destinadas al pago de los “seguros de invalidez y sobrevivientes”; la eliminación de las exenciones del impuesto de renta hoy existentes con
relación a las reservas con que las aseguradoras atienden sus obligaciones", establece el documento.

Sobre este punto Fasecolda señala que ambas propuestas son contrarias a la Constitución, "la cual prohíbe utilizar recursos propios de la Seguridad Social para fines distintos a ella" pues implica gravar los ahorros que millones de colombianos han aportado para financiar sus pensiones de retiro; y ponen en jaque la capacidad de las compañías de seguro para afrontar los riesgos de invalidez y muerte prematura.

Por otro lado, la entidad señaló con relación a las indemnizaciones provenientes de seguros de vida que "carece de lógica imponer tributos a unos pagos a los que se reconoce carácter indemnizatorio" y que también resulta inconveniente gravar el componente de ahorro que caracteriza a ciertos seguros de vida, pues tendría el posible efecto de impedir la oferta
de tales productos.

Al respecto, el presidente de la Comisión Tercera de la Cámara de Representantes y representante del Centro Democrático, Óscar Darío Pérez, aseguró que "los fondos de los pensionados de Colombia estarán a salvo de impuestos y seguirán siendo una renta exenta", y explicó que lo que en realidad ocurrió con el artículo 68 de la ponencia que se radicó la semana pasada es que "se fue un error".

"Hay un error en la ponencia en ese artículo 68 que deberá ser retirado de la misma. Somos conscientes de que lo vamos a retirar. Sería imperdonable que no gravemos las pensiones pero que sí graváramos los rendimientos que los fondos pensionales tienen que son única y exclusivamente de sus pensionados", aseguró el congresista.

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