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Hace más de tres décadas se tomaron las medidas para sortear el déficit de la capacidad de suministro por los generadores
Se introdujeron dos leyes a la constitución de 1991, que dieron paso a la creación de la Creg, para implementar los mecanismos de regulación en el país
El déficit en la capacidad para abastecer la demanda de energía nacional de manera continua generó, además de un impacto social y económico, cambios en la regulación de los servicios públicos.
La expedición de la Ley 142 y la Ley 143 de 1994 dieron paso a reestructurar el sector eléctrico y a reorganizar su esquema institucional y de organización industrial. Estas leyes crearon la Comisión de Regulación de Energía y Gas (Creg).
De acuerdo con la Creg, en el caso del servicio de energía, en la Ley 143 de 1994 se dieron las directrices que debería tener en cuenta el regulador en la definición de las reglas de un mercado de energía mayorista competitivo, con base en un sistema de oferta de precios que busca una formación eficiente del precio de la energía.
En el Artículo 23 de esta ley se estableció que el regulador debería crear las condiciones para una oferta energética eficiente capaz de abastecer la demanda, teniendo en cuenta la capacidad de generación de respaldo.
Entonces, la Creg expidió la regulación que define el funcionamiento del mercado de energía, incluyendo mecanismos para garantizar la confiabilidad del suministro a largo plazo.
Según explica Hembert Suárez, socio fundador de OGE Legal Services, firma especializada en el sector energético, “se fortaleció la matriz de energía, en Colombia; pasamos de tener hidroenergía a incluir y fortalecer la generación con otro tipo de fuentes no convencionales como renovables y térmica”.
Así mismo, Suárez explicó que esto permitió que nuevos agentes llegaran a desarrollar la actividad de comercialización y de gas natural, “esto, dada la apertura que se dio para que inversionistas privados llegaran a estas nuevas actividades, principalmente la comercialización, pero también la generación”.
Otro hito de la de la Comisión es la creación del esquema actual del cargo por confiabilidad, el cual, mediante un mecanismo de asignación de obligaciones de energía firme en subastas competitivas, genera los incentivos para la instalación de nuevas plantas de generación que estén en condiciones de asegurar el suministro del servicio de energía aún en condiciones críticas de suministro.
Y es que luego del apagón se tuvo que programar un racionamiento de energía en el periodo comprendido entre el dos de marzo de 1992 y el primero de abril de 1993 para solventar la situación, según datos de la Comisión de Regulación de Regulación de Energía y Gas (Creg). Este fue 16% de la demanda de este periodo (6.138 gigabitios hora), lo que equivale a la energía producida en un año.
La Creg estima que la pérdida de energía en su momento llegó a cerca de $37 billones de pesos de hoy.
La comisión actualmente hace un seguimiento del cargo por confiabilidad anualmente. Según la entidad, “en la actualidad, el sistema tiene la cobertura necesaria para atender la demanda de energía en situación de baja hidrología, siempre que se haga un uso racional de los recursos”.
El último balance indica que para asegurar la prestación del servicio de energía, se va a requerir de más generación de energía a partir de 2027.
Y la subasta de asignación de las obligaciones de energía en firme del cargo por confiabilidad para el periodo comprendido entre el 1 de diciembre de 2027 y el 30 de noviembre de 2028.
Según la Unidad de Planeación Minero Energética (Upme), se prevé que entre 2025 y 2026 haya un déficit de energía
Aún así, hay más de 400.000 hogares sin acceso a la energía eléctrica en el país, con Vichada, La Guajira, Amazonas, Guainía, entre otros