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Especial Cesantías


Antes del 14 de febrero, todos los empleadores deberán consignar las cesantías a sus trabajadores en sus respectivos fondos. LR le resuelve las dudas más frecuentes de esta prestación social: desde cómo realizar aportes voluntarios siendo independiente hasta cómo hacer un traspaso de fondo o cómo pagar al personal doméstico.

LABORAL

Los beneficios tributarios del ahorro voluntario de los trabajadores independientes

lunes, 29 de enero de 2018

Aportes pueden deducir renta

Isis Beleño

Aunque en el caso de los trabajadores independientes no aplica la figura de las cesantías porque no hay un contrato laboral ni un empleador de por medio, los empleados contratados por prestación de servicios pueden consignar de manera voluntaria en una cuenta de ahorro individual de un fondo administrador el valor correspondiente de esta prestación social. Este ahorro, a diferencia de las cesantías, no es exigible.

Para realizar el pago, cada fondo solicitará la documentación pertinente; por ejemplo, una fotocopia de la cédula y una planilla de pago para que el afiliado pueda consignar el ahorro de las cesantías antes del 14 de febrero. El trámite tiene las mismas características del pago de la seguridad social.

LOS CONTRASTES

  • Samuel Polo Abogado Laboralista

    “No existe la figura de cesantías para los trabajadores independientes, se habla de ahorro voluntario”.

Las cesantías para independientes también suponen otras ventajas más allá del ahorro mismo. El aporte que realice a un fondo de cesantías será un gasto deducible que disminuirá la base gravable del impuesto sobre la renta, bajo el modelo de renta ordinaria.

El vicepresidente comercial de Protección, Juan Pablo Arango, explicó que los trabajadores independientes podrán optimizar su planeación tributaria si durante el año y antes del 31 de diciembre, realizan aportes sobre una doceava parte de su ingreso gravable del año y hasta un tope de 2.500 unidades de valor tributario ($79,6 millones).

“Por ser aportes voluntarios al fondo de cesantías, estos retiros se manejan como un reintegro de capital que no genera efectos tributarios en su impuesto de renta”, precisó Arango. Además, como cualquier inversión en el sistema financiero, los rendimientos que le genera este ahorro están sometidos a una retención en la fuente de 7% al momento del retiro.

Del total de afiliados voluntarios e independientes en Protección, 10% tiene cesantías: 51% corresponde a mujeres y 49% a hombres.

Por su parte, el Fondo Nacional del Ahorro (FNA) reportó un crecimiento en esta modalidad. A diciembre de 2017, la entidad contaba con 613.347 afiliados por ahorro voluntario contractual: es decir, 14% más respecto al año anterior.

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