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El sector legal en medio de la pandemia, se enfrentó a cambios que asumieron los abogados y sus colaboradores
El Gobierno Nacional anunció que, durante la pandemia, usted no debe pagar los intereses por mora
La implementación de ayudas y la entrega de apoyos por parte del Gobierno ha sido una de las medidas para enfrentar la crisis económica que ha generado el covid-19. Auxilios en el pago de los servicios públicos o para la vivienda son algunos de los proporcionados con el objetivo de subsanar el impacto generado por el aumento en el desempleo y la reducción de ingresos en miles de hogares colombianos.
Pero este tipo de beneficios podrían acarrearle también problemas al Estado, pues contar con tantas ayudas podría terminar beneficiando la cultura del no pago, lo que implicaría aún más pérdidas económicas para distintos sectores en el país. Para expertos, la abundancia de subsidios puede resultar en que, aún teniendo la posibilidad de pagar, las personas lo dejen de hacer basándose en la comodidad.
Por ejemplo, según explicó el abogado especialista en Derecho Comercial de Areandina, Julián Zapata, en conformidad con el Decreto 579 del 15 de abril de 2020, en caso de no pago de los cánones de arrendamiento, desde la fecha de expedición del citado decreto y hasta el 30 de junio de 2020, no será posible cobrar intereses moratorios, cláusulas penales o sanción alguna. Medidas como esta podrían resultar tornándose en contra del Estado, pues ante la facilidad existe la posibilidad de que muchas personas no resulten haciendo los pagos correspondientes.
“Con dichos auxilios, beneficios y quitas, gran parte de la industria y comercio colombiana debería cumplir con sus obligaciones contractuales, pero el asunto resulta mucho más complejo. Se puede reconocer que algunas empresas no cumplen en un cien por ciento (100%) con sus regulaciones. Sin embargo, una vez recibido el subsidio o beneficio, tendrán que reportar toda su información tanto a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) como a la Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales (Ugpp), lo cual conlleva directamente a que algunos empresarios opten por no acceder a dichos beneficios”, dijo Zapata.
Con la reactivación económica en el horizonte, serán el derecho y las autoridades las responsables de que estas responsabilidades se cumplan a cabalidad y de que los colombianos sigan pagando sus obligaciones a tiempo.
“Se requiere pedagogía y una advertencia clara del Gobierno previniendo las consecuencias del no pago de capitales y del daño que le hacen a la economía y a los más necesitados”, concluyó Jimmy Pérez, docente de derecho de la Universidad del Norte.
La Ley indica que incumplir una de estas promesas puede acarrearle sanciones
Se crean mecanismos extraordinarios de salvamento, con el fin de mejorar la posición financiera de las empresas