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El sector legal en medio de la pandemia, se enfrentó a cambios que asumieron los abogados y sus colaboradores
La Ley indica que incumplir una de estas promesas puede acarrearle sanciones
Generar una garantía de cumplimiento que otorgue confianza a las partes que participan en un negocio es el objetivo principal de un contrato de promesa de compraventa. Así como otros procesos que siguen vigentes durante la emergencia por el covid-19, este es uno en el que sus participantes deben seguir cumpliendo a cabalidad con los requisitos.
Debido a la vigencia del servicio notarial en jornadas de cinco horas desde el pasado 27 de abril y a a la reapertura de las oficinas de Registro de Instrumentos Públicos, se han dado todas las condiciones para que las personas no lleguen a incumplir la firma de un contrato de compraventa de un inmueble; quien lo haga podrá perder las arras que se acordaron en la promesa.
El incumplimiento de una promesa de compraventa, aún en tiempos de covid-19, podría dar lugar a sanciones contractuales.
Se crean mecanismos extraordinarios de salvamento, con el fin de mejorar la posición financiera de las empresas
Según la Superintendencia de Industria y Comercio se han reportado 2.254 reclamaciones