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Decisión de medidas cautelares sobre Junta de Sura pasa a Tribunal Superior

miércoles, 7 de diciembre de 2022

La decisión emitida por el juzgado 10 de Medellín abrió un nuevo subcapitulo en el que se deberá debatir el contenido de los autos

El proceso radicado en el Juzgado 10 Civil del Circuito de Oralidad de Medellín sobre la legalidad de la decisión de la Junta Directiva de Grupo Sura de vender en la OPA de IHC por Nutresa abrió un nuevo sub capítulo hace aproximadamente tres semanas. Se trata de dos demandas civiles realizadas por Sura y Cementos Argos contra la decisión del directorio. En ellas cuestionaban legalidad y transparencia del órgano.

A la par, la Fiscalía General de la Nación recibió dos denuncias penales que apuntan a presuntas irregularidades en los procedimientos de reparto. El juez emitió los primeros autos admisorios que dieron inicio al proceso y a la adopción de medidas cautelares que ordenaron desconocer lo ordenado por la Junta.

Como respuesta fue presentado un recurso de reposición para tumbar la medida. El Juzgado 10 Civil del Circuito de Oralidad de Medellín negó la demanda interpuesta por los postulados de Jaime Gilinski para tumbar las medidas cautelares que prohibían ejecutar la decisión tomada por el directorio con solo cuatro integrantes.

Consecuencia de esta decisión, el juzgado remitirá el expediente del proceso al Tribunal Superior de Medellín con el fin de surtir el trámite correspondiente al recurso de apelación contra el auto que decretó las medidas cautelares. Ahora este superior jerárquico, el Tribunal, verificará que el juez haya decidido adecuadamente y tendrá la palabra final.

En este subcapítulo hay dos posibles escenarios: “en el primero está que el Tribunal confirme la medida cautelar y le da la razón al Juez. No habría mayor cambio. Si por el contrario la revoca, esa medida cautelar deja de existir, pero como ya está superado el hecho que dio lugar a la discusión (la OPA) no tendría un efecto real esta revocatoria”, aseguró Diego Márquez, director en MQA Abogados.

LOS CONTRASTES

  • Diego MárquezDirector en MQA Abogados

    “Si el Tribunal confirma la medida cautelar y le da la razón al Juez, no pasa nada. Si por el contrario la revoca, esa medida cautelar deja de existir pero no hay efecto”.

  • Wilson Tovar - Acciones y Valores
  • Wilson Tovar García Dir. de Investigación en Acciones & Valores

    “El mercado ha resentido la pelea que se ha dado entre las empresas del llamado Grupo Empresarial Antioqueño y Gilinski. Las acciones han sido las más afectadas hasta ahora”.

Este proceso va a permitir que la discusión de fondo se materialice. Mientras no haya una decisión del Tribunal los representantes legales de Grupo Sura deben abstenerse de ejecutar órdenes o instrucciones que supuestamente provengan de la Junta Directiva de la sociedad cuando aquellas hayan sido adoptadas con la participación y el voto de un número inferior a cuatro miembros se mantiene.

Otra medida cautelar que emitió el Juez en el documento es la de ordenar “a María Ximena Lombana Villalba, Andrés Bernal Correa y Ángela María Tafur Domínguez abstenerse de impartirles pretendidas órdenes o instrucciones a los representantes legales de Sura, en particular respecto de la pretendida enajenación de las acciones de las que Sura es titular en Nutresa S.A. en respuesta a las OPA”.

Llegados a este escenario, los abogados expertos consultados aseguran que, en caso de ser revocada esta medida, ninguna parte está obligada a nada ya que la OPA fue declarada desierta por no alcanzar el mínimo que solicitaba el oferente, International Holding Company (IHC).

“Por definición, una OPA es voluntaria, por lo que ninguna parte ‘tiene’ o está obligada a nada”, aclaró Rodrigo Galarza, socio director de Galarza Abogados.

¿Qué pasará en el Juzgado 10 de Medellín?

Una vez el Tribunal confirme o revoque la medida cautelar, se podrá pasar a la discusión gruesa. “Las compras hostiles reciben su nombre porque rompen los parámetros tradicionales de acuerdos y apretones de mano para cerrar transacciones”, aseguró Diego Palencia, vicepresidente de Investigación de Solidus Capital. “Si el Juzgado 10 favorece a Grupo Sura, Gilinski seguro apelará, y cuando se apela llega al Tribunal y pasa lo mismo al revés. Si favorece a Gilinski, Sura apela”, aseguró Diego Márquez, director de MGA Abogados.

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