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Los puntos positivos, negativos y lo que está en duda en medio de la discusión de la reforma laboral presentada por el Gobierno
Las empresas tendrían que asumir indemnizaciones mayores en caso de aplicar la terminación unilateral del contrato de trabajo
Todos, en algún punto de su vida, han escuchado un caso de despidos masivos, sin justa causa, o por motivos poco claros, incluso, han resaltado hechos populares; sin embargo, probablemente con la reforma laboral estas historias sean cada vez menos recurrentes.
Esta fue una de las propuestas que se radicó en las últimas semanas ante el Congreso de la República, pero que ha generado varias inquietudes, algunas relacionadas con la dificultad que implicaría poder despedir personas de las empresas, pero ¿cómo funcionaría esta medida?.
El proyecto radicado tiene como punto clave la ‘estabilidad laboral’, que le da derecho a la persona a conservar su empleo, no ser despedida en condiciones de vulnerabilidad y solo le permite al empleador despedir al colaborador, siempre y cuando tenga una autorización previa de una autoridad competente.
Cabe aclarar que otra norma para estos despidos es que sean por justa causa o causa legal.
Laura Lizarazo, analista de Control Risks, explicó que “las personas que cuenten con un contrato laboral formal tendrán un estatus de protección adicional o reforzado, que limitará los casos y condiciones que las empresas puedan legalmente aplicar para efectuar un despido o desvinculación laboral”.
Por ejemplo, para personas amparadas por el fuero sindical, en condición de discapacidad, madres o padres cabeza de familia, mujeres embarazadas o personas a las que les falten tres años o menos para obtener la pensión de vejez.
Sin embargo, esto llevaría a las empresas a tener que asumir más gastos. “Las empresas tendrían que asumir indemnizaciones mayores en caso de aplicar la terminación unilateral del contrato de trabajo, por ejemplo. De aprobarse la reforma, un empleador deberá pagar al empleado 45 días de sueldo por el primer año trabajado, y 45 días por cada año adicional”, añade Lizarazo.
Aquí, lo que espera el Gobierno es que los principales beneficiados sean los empleados, pero ¿si se beneficia a la gran mayoría?.
Lizarazo explica que, “esta estabilidad que reforzaría la reforma solo aplicaría para las personas que ya cuentan con un empleo formal, es decir, para nueve de los 24 millones de trabajadores del país”.
Otro punto clave es que, si las personas no están rindiendo como deberían y la empresa no logra despedirlos por este tipo de medidas, esto podría generar reprocesos y cargas para la compañía.
“En aquellos casos en los que un empleado no cuente con el rendimiento y productividad esperados por la empresa de acuerdo con su perfil, cargo, responsabilidades, formación y remuneración salarial, no poder prescindir de sus servicios se convertirá en una carga onerosa para la empresa”, asegura Lizarazo.
Sin embargo, para los expertos, esto podría afectar la economía de forma masiva únicamente si llega a varios sectores productivos.
“Solo en el caso de que este escenario alcanzara una dimensión generalizada en todos los sectores productivos, la economía colombiana podría sufrir un deterioro importante en materia de productividad e innovación”, concluye Lizarazo.
Si bien, uno de los objetivos de la reforma es mitigar el desempleo, y reducir la informalidad, esta medida plantea una inquietud, y es si, ¿de aprobarse la reforma las empresas lo pensarían dos veces antes de contratar más empleados?, esto, teniendo en cuenta los costos en los que podrían incurrir si deciden despedirlos.
Por ahora no hay respuestas contundentes, solo resta ver cuál será el futuro de esta reforma que por estos días cuenta con varias opiniones divididas.
Quejas por el impacto fiscal
El Consejo Gremial, que reúne a los principales gremios económicos del país, expuso un pliego de peticiones que recoge los puntos clave desde sus perspectivas para el impacto económico de los articulados en el país. El Consejo dijo al Ministerio de Hacienda que debería calcular el impacto fiscal de las reformas, destacando, por ejemplo, que el trabajo formal (42% de personas ocupadas) podría verse reducido, y que los cambios en las dinámicas del mercado laboral merecían ser incluidos en el análisis para revisarlas en materia de sostenibilidad fiscal.
El Gobierno Nacional se concentró en la modificación de un horario nocturno que empiece desde las 6:00 p.m. (hoy es desde las 9:00 p.m.)
El trabajador, según el jornal agropecuario, puede pactar con el empleador el pago de los salarios, los derechos y las obligaciones
La jornada nocturna, los recargos dominicales y la restricción de los contratos por prestación de servicios preocupan a los gremios