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La reforma pensional ya fue aprobada en el Congreso y se espera que entre en vigencia a mediados de 2025, aun así hay más dudas que certezas sobre este nuevo sistema
Trato preferencial para minorías étnicas.
Pueblos indígenas, comunidades negras, afrocolombianas, raizales, palenqueras y el campesinado tendrán menos semanas de cotización
Uno de los puntos llamativos del reciente proyecto aprobado de la reforma pensional es el artículo 93 del texto, el cual busca ofrecer un “trato diferencial a los pueblos indígenas, comunidades negras, afrocolombianas, raizales, palenqueras y el campesinado”.
El proyecto asegura que el número de años y semanas relacionadas con la cotización, las cuales están presentes en los artículos 3, 17, 18, 32, 36, 37, 39, 42, 43, 47, 51 y 76, deben ajustarse a la base según “la diferencia entre la esperanza de vida general de los colombianos y la esperanza de vida de quienes pertenecen a los pueblos indígenas, comunidades negras, afrocolombiana, raizales, palenqueras y campesinas”.
Durante el primer año de vigencia del proyecto de ley, el Departamento Administrativo Nacional de Estadística (Dane), deberá calcular esta diferencia, según el articulado aprobado en el Congreso de la República.
De esta manera, el cálculo es a través del Ministerio del Trabajo, cartera que debe determinar el número de años y semanas que se aplicarán a los grupos que fueron mencionados.
“Esta reglamentación y su aplicación estarán orientadas por los principios de progresividad y su condición más favorable”, asegura el proyecto.
Anif aseguró antes de la aprobación del proyecto que este trato diferencial a estas poblaciones beneficiarán a 41% de la población total de Colombia.
La población campesina de Colombia representa 29% de los habitantes totales del país. Las comunidades indígenas, gitanos, raizales y palenqueras representan 5%. El pueblo afrodescendiente representa 7%.
El artículo 23 mantuvo el ingreso base de cotización de 16%, pero detalla cómo esos recursos financiarán el fondo de ahorro gerenciado por el Banco de la República
Según la Constitución colombiana, las leyes deben aprobarse en dos períodos legislativos, que van del 20 de julio al 20 de junio del año siguiente
El mandatario defendió el proyecto de ley y dijo que le reconoce el trabajo a muchas mujeres que dedicaron su vida a levantar un hogar