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Luis Carlos Reyes, director de la Dian, afirmó que la reforma se alinea con la Constitución de 1991 y cumple con ella en la medida en que será debatida en el Congreso de la República
Los ingresos por dividendos y ganancias ocasionales mantendrán sus cédulas independientes para calcular la renta líquida
Durante los cerca de tres meses de debate que ha tenido la reforma tributaria, hay un factor que el Gobierno ha querido rescatar y es que todos los ingresos se consideren por igual para determinar el impuesto de renta para las personas naturales.
Estos ingresos pueden ser rentas laborales, rentas no laborales, ganancias ocasionales, rentas de capital o dividendos.
Incluso, cuando se radicó el articulado y hasta su recta final, se incluyeron también las pensiones de más de $10 millones, pero este tipo de ingreso se terminó retirando tras varias discusiones entre el Gobierno y los congresistas ponentes.
La ponencia final que se discutirá a partir de hoy en las plenarias de Senado y Cámara de Representantes dice que cada una de esas cinco rentas que puede adquirir una persona se deben destinar a una de tres cédulas tributarias para calcular el impuesto a cargo.
Tanto los dividendos como las ganancias ocasionales cuentan con cédulas aparte. Las demás rentas se agruparán en una cédula general, sobre la cual se aplica un esquema de tarifas progresivas que van desde 0% a 39%, según los ingresos de la persona.
En el proyecto inicial se proponía que todas las rentas se agruparan en esa única cédula general, pero en las versiones posteriores, se definió que las ganancias ocasionales debían conservar su cédula tributaria independiente aunque se aumentaron las tasas de tributación. La tarifa general pasó de 10% a 15%, mientras que las ganancias por rifas y loterías pasaron de 20% a 25%.
Mientras tanto, los dividendos se sumaron a las demás rentas de la cédula general, la que va de 0% a 39%, pero cuentan con un descuento de 19% sobre su tarifa. De esta forma, los dividendos contarían con tarifas marginales que van desde 0% hasta 20%.
En ese sentido, según cálculos elaborados por el Observatorio Fiscal de la Universidad Javeriana, los hogares en los que los ingresos superen los $13,1 millones al mes, tendrían que pagar unos $17.618 adicionales en su impuesto de renta, esto es unos $211.000 en el año.
El aumento en el impuesto va subiendo según aumentan los ingresos, por lo que los hogares con ingresos mensuales de $21,8 millones ($283,4 millones al año si se tiene en cuenta la prima) tendrán un incremento en el impuesto de renta de $211.566 al mes (unos 2,5 millones al año) ó 0,97 puntos porcentuales.
Las personas con ingresos de más de $25 millones verán su impuesto de renta subir en hasta $1,09 millones al mes, poco más de $13 millones en el año, lo que representa un aumento de 3,06 puntos porcentuales.
Y los hogares con ingresos superiores a los $61,9 millones mensuales, tendrán que pagar $1,7 millones más cada mes, lo que da más de $20 millones en el año. Aunque su incremento en puntos porcentuales será algo más moderado, de 2,76 p.p.
Facturas electrónicas
La ponencia de la tributaria incluyó un nuevo beneficio para personas naturales que hagan compras con facturas electrónicas. Se estableció que quienes adquieran bienes o servicios por este medio podrán solicitar como deducción en el impuesto sobre la renta 1% del valor de esas adquisiciones.
Se podrán deducir hasta 240 UVT, unos $9,1 millones, en el respectivo año gravable, siempre y cuando, las adquisiciones se soporten con la respectiva factura electrónica. Pero para ello se tendrían que realizar compras de más de $900 millones si se quiere aplicar al beneficio completo.
Se reducen los topes de deducciones
La ponencia para segundo debate de la tributaria establece nuevos topes a las exenciones y deducciones para la declaración de renta de las personas naturales. El límite deducible se disminuye de $16 millones mensuales a $4,2 millones.
También se plantean modificaciones a las deducciones por dependientes. Actualmente, se puede deducir hasta 10% de la renta líquida si tiene un dependiente o persona a cargo. Con la tributaria, se podrá deducir hasta $230.000 mensuales por cada dependiente cuyo máximo será cuatro. Por lo que una persona podrá reclamar deducciones de hasta $920.000.
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