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Luis Carlos Reyes, director de la Dian, afirmó que la reforma se alinea con la Constitución de 1991 y cumple con ella en la medida en que será debatida en el Congreso de la República
De acuerdo con Cristina Stiefken, tributarista de Cuatrecasas Colombia, la industria extractiva será uno de los sectores más afectados
Con la nueva reforma tributaria, la mayoría de los ojos se dirigieron a la industria extractiva, que recibirá uno de los golpes más duros. Sin embargo, Cristina Stiefken, tributarista de Cuatrecasas, dijo que el sector de la economía digital también podría estar entre los grandes perjudicados.
¿Cuáles serán los sectores más afectados por la reforma?
Las empresas de la industria extractiva. Pero también las entidades financieras, porque se mantiene la sobretasa de forma permanente, las compañías de alimentos que comercializan bebidas azucaradas y alimentos ultraprocesados y la economía digital.
¿Qué tan viable es gravar las plataformas digitales?
Por supuesto es más difícil gravar a una sociedad extranjera que a una nacional, pero es viable. Lo que es cierto es que es un sector al que le están dando durísimo; hoy en día esos servicios digitales, por regla general, están gravados con IVA de 19%; ahora no les quitan el IVA y les están adicionando un impuesto sobre la renta.
Los cambios propuestos incluyen una retención en la fuente de 20% y una regla similar a la de establecimiento permanente digital, que básicamente dice que, aunque no haya una presencia física en Colombia y no haya una persona desarrollando negocios de la compañía en el país, se presume que hay una presencia significativa en ciertas circunstancias, y en esas circunstancias podría existir la obligación de declarar y pagar renta en Colombia , como si fuera una sucursal de sociedad extranjera, es un régimen parecido. En esos casos, habrá que ver el gobierno cómo espera que convivan la obligación de preparar un estudio de atribución, la obligación o no de presentar una declaración de renta en Colombia, la tarifa de renta aplicable, y la retefuente de 20%.
¿Va en línea con los estándares internacionales?
Teniendo en cuenta que ahora hacemos parte de la Ocde, el tema de seguir gravando los servicios digitales y la economía digital con impuestos unilaterales colombianos va en contra de lo que ha venido diciendo la organización en el pilar uno.
Ese pilar, al final, lo que dice es que se deben establecer unas reglas unificadas entre los distintos países, para permitir a la jurisdicción de mercado gravar una parte de las ganancias de empresas multinacionales que operan en dicha jurisdicción aún sin una presencia física, y que esto se haga de manera coordinada. Y sí, se va a gravar este sector de la economía que venía siendo favorecido desde la perspectiva tributaria, pero específicamente la Ocde ha dicho que no debería haber medidas unilaterales, porque eso entorpece todo y genera unas luchas que, al final, afectan la economía a nivel mundial.
¿Eso nos vuelve menos competitivos a nivel internacional?
Claro, ese es otro tema complicado, no solamente en temas de competitividad, sino también en lo que tiene que ver con la modernidad de nuestro sistema tributario, porque con esa reforma, en muchos aspectos, como el impuesto al patrimonio, estamos retrocediendo.
Desincentivo a la generación de empresa
Columna por: Cristina Stiefken.
Uno de los puntos más llamativos y preocupantes del proyecto de reforma tributaria presentado por el gobierno entrante es la altísima tributación agregada para las sociedades y sus socios, así como las consecuencias que esto puede tener en la economía colombiana.
Hoy en día, las sociedades pagan un impuesto de renta de 35% -el más alto de todos los países miembros de la Ocde-. Los accionistas, por su parte, actualmente pagan un impuesto a los dividendos de 10%, con lo cual la tributación agregada sociedad/socio es de 41,5%.
La reforma propuesta no cambiaría la tarifa aplicable a las sociedades, pero aumentaría dramáticamente la tarifa aplicable a los socios, así:
(i) Para las personas naturales que sean residentes fiscales colombianas, los dividendos podrían estar gravados hasta 39%. Esto implicaría que la tarifa agregada entre la sociedad y el socio sería de hasta 60,35% (un aumento de hasta 18,85 puntos porcentuales frente a la tarifa agregada actual).
A esto hay que adicionarle que el nuevo impuesto al patrimonio gravaría indirectamente las utilidades retenidas, toda vez que incluye nuevas reglas para determinar el valor por el cual se deben declarar las acciones en sociedades. Así, las utilidades de una actividad empresarial estarían sujetas a un triple gravamen: el impuesto sobre la renta de la sociedad, el impuesto a los dividendos y el impuesto al patrimonio de los socios.
(ii) En el caso de los socios que sean no residentes (individuos y sociedades), a falta de un convenio para evitar la doble imposición, la tarifa aplicable sería de 20%, con lo cual la tarifa agregada sociedad/socio sería de 48% (un aumento de 6,5 puntos porcentuales).
De lo anterior no solo llaman la atención las altísimas tarifas agregadas, sino también la diferencia tan abismal en el trato entre residentes y no residentes.
En economías desarrolladas la tendencia es (i) aumentar la tributación de los individuos, para lograr una mejor redistribución de la riqueza y (ii) disminuir la tributación de las sociedades, para mantener el dinamismo de la economía. La reforma propuesta, además de incrementar sustancialmente la tributación de individuos, no solo no disminuye la altísima tributación a la que ya están sometidas las sociedades, sino que incluso la aumenta (vía eliminación y limitación de descuentos tributarios -como el del ICA-, deducciones y rentas exentas).
Con esto, las normas propuestas implicarían un desincentivo para la generación de empresa en nuestro país y, por supuesto, un obstáculo para atraer y mantener la inversión extranjera.
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