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Hacienda

Reforma Tributaria 2022


Luis Carlos Reyes, director de la Dian, afirmó que la reforma se alinea con la Constitución de 1991 y cumple con ella en la medida en que será debatida en el Congreso de la República

REFORMA TRIBUTARIA 2022

La carga continúa en la clase media

sábado, 13 de agosto de 2022

Juan Carlos Valencia

Es evidente que este Gobierno continúa por el mismo camino de las anteriores administraciones de gravar al mismo segmento que ha demostrado mayor cumplimiento tributario y menor índice de evasión, esos son los asalariados, cuya mecánica de compensación y retención en la fuente los convierte en uno de los segmentos con mayor eficiencia recaudatoria.

Sería deseable que en lugar de gravar a quienes ganen más de $10 millones al mes, el actual Gobierno se enfocará en lograr que más personas logren entrar a ese segmento. Ese objetivo no se logra golpeando a la clase media, sino impulsando la creación de empresa y generación de mayores empleos, esos mecanismos y objetivos están totalmente ausentes en este proyecto.

La carga se continúa centrando en la clase media asalariada, en la medida en que se están reduciendo sustancialmente la exenciones y conceptos que permiten depurar la base gravable de dichos asalariados. Esa depuración no puede verse como un beneficio sino que es claramente un derecho constitucional. Esta tendencia viene desde hace varias reformas tributarias, circunstancia que hemos criticado en varios foros académicos. El problema es que este Gobierno repita el mismo camino en lugar de buscar un cambio de estrategia tributaria.

Un asalariado es una empresa en sí mismo, pero a diferencia de los insumos o materias primas de cualquier otra sociedad, sus costos y gastos se concentran en alimentación, salud, educación, vivienda y transporte. En otras palabras, como cualquier otra empresa, el asalariado tiene que realizar ciertas inversiones para poder cumplir con su función como empleado.

Esas inversiones necesarias y razonables son las que llevan a depurar su base gravable. La gran pregunta que surge en esta ocasión es si con las limitaciones que se están proponiendo se estaría afectando el mínimo vital de este grupo de contribuyentes, lo cual sería violatorio del principio constitucional de capacidad contributiva.

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