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Luis Carlos Reyes, director de la Dian, afirmó que la reforma se alinea con la Constitución de 1991 y cumple con ella en la medida en que será debatida en el Congreso de la República
Cuando una persona es descubierta por la Dian en un tercer caso de evasión, no podrá salvarse de una celda así pague lo que le debe al Estado, más los intereses del monto
Entre la primera y la segunda ponencia de la reforma tributaria hay un cambio muy importante que tiene que ver con la cárcel para los evasores.
Aunque inicialmente el Gobierno había dicho que es un tema que tenía que pasar por el visto bueno de la rama judicial, el nuevo articulado tomó el toro por los cachos y pondrá en cintura a quienes le esconden activos a la Dian.
Entonces, ¿Quiénes son los que pagarán cárcel por no reportar sus ingresos o bienes como son?. El director de la dirección de impuestos, Luis Carlos Reyes, explicó que hay dos delitos de evasión que se están fortaleciendo. Primero el delito de omisión de activos o declaración de pasivos inexistentes, “hoy en día se incurre en ese delito cuando se ocultan activos o se declaran pasivos inexistentes por más de $1.000 millones”.
Por otro lado es defraudación, “cuando usted le deja de pagar al Estado más de $250 millones y eso es quizás uno de los componentes más importantes en la realidad actual” agregó. En la tributaria se define que hoy en día, si a usted se le descubre el delito de este tipo y paga intereses más una multa, se le extingue de la acción penal, “como llaman los abogados” y así entonces, no hay posibilidad de que vaya a la cárcel. Que es una de las críticas a la norma. “Aquí en cambio, para quienes reinciden en la omisión de activos, de pasivos, o declaración de pasivos inexistentes hay entre cuatro y nueve años de cárcel. Y para quienes reinciden en defraudación hay entre tres y cinco años de cárcel” dijo Reyes sobre el articulado.
Para quienes reinciden una segunda vez, se elimina la posibilidad de rebaja de pena, que en el caso del primera sanción la deducción es máximo la mitad de la condena.
“Así queda tipificado el delito y pensamos que será una herramienta importante en lucha contra la evasión”, dijo Reyes quien además destaca el fortalecimiento a la Dian en general para tener más tecnología y capacidad de acción.
Hasta antes de que se apruebe la reforma, evadir en impuesto de renta para que sea delito se considera cuando son más de $250 millones. Y en la práctica no hay cárcel, solo intereses y multa ya mencionado.
Sin embargo, la insistencia del Gobierno es por los casos que ya se han visto en estrados judiciales en los que a personas que se roban algún pequeño elemento en un supermercado, les han aplicado penas como la privación de la libertad.
Las pérdidas detrás de la evasión
Según cálculos del Ministerio de Hacienda y de la Dian, que se basan en investigaciones de la academia, el efecto de la evasión en las finanzas de la Nación se acercaría a los $65 billones anuales, pues las estimaciones apuntan a que podría estar entre un rango de $50 a $80 billones en el peor de los casos. El promedio entre ambos se acerca también a lo que estimó Fedesarrollo el año pasado, allí reportaron que se afecta cerca de 5,4 puntos del PIB en cuanto a lo que se pierden al año por estos factores; desde personas naturales hasta grandes empresas.
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