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Luis Carlos Reyes, director de la Dian, afirmó que la reforma se alinea con la Constitución de 1991 y cumple con ella en la medida en que será debatida en el Congreso de la República
Entre las principales reformas está mantener la sobretasa de 3% para instituciones financieras y la renta de 35% para las sociedades
El ministro de Hacienda, José Antonio Ocampo, radicó a pocas horas de ser posesionado en su cargo la primera gran reforma de la era Petro.
La reforma tributaria plantea una serie cambios en la tributación de las empresas, que tienen como principales novedades gravar las bebidas azucaradas y los alimentos ultraprocesados.
Según el Gobierno Nacional, existe una gran inequidad entre los diferentes sectores productivos del país y asegura que la diferencia entre el sector con la tarifa efectiva de tributación más alta (la Minería) y la más baja (Otros servicios) es de 12 puntos porcentuales, por lo que el fin principal de esta reforma será reducir esta brecha.
Por ello, propone eliminar 18% de los beneficios tributarios que considera “asimétricos sectoriales y/o regionales”, con el busca disminuir la inequidad horizontal que se presenta entre sectores productivos.
También plantea imponer un tope de 3 puntos porcentuales a las detracciones tributarias que ofrece el Gobierno Nacional tales como la renta exenta, deducciones, descuentos, ingresos no constitutivos de renta.
Según explica Julián Jiménez, socio fundador de la firma de abogados Jiménez Rodríguez Higuita & Asociados, con esta medida se crea un límite a los beneficios y estímulos tributarios los cuales no podrían exceder de 3% anual de la renta líquida ordinaria de los contribuyentes. Explica que antes no existían estos topes que podrían beneficiar a algunos empresarios que llevaban pérdida y que se pueden pasar como deducción.
Con este artículo de la reforma es posible mantener esta deducción, pero no puede exceder la tasa de 3% contando los demás beneficios tributarios como inversiones en ciencia, entre otros.
Otro punto polémico punto de la reforma para las empresas, está por el lado del sector financiero. El articulado propone mantener de carácter permanente la sobretasa de 3 puntos porcentuales sobre el impuesto de renta de las actividades financieras.
De acuerdo con Jiménez, esto quiere decir que estas entidades ya no tributarán a 35%, sino de 38%, es decir, 35% por renta y 3% de la sobretasa. Esta tarifa ya existe en la actualidad, impuesta por el ahora expresidente Iván Duque, pero era una medida que debía ser temporal.
El 2021 se aprobó la ley con la que se creó esta nueva sobretasa a cargo de las instituciones financieras que debía estar vigente desde 2022 a 2025 que no tiene una destinación especial para vías terciarias, pero ahora, con la tributaria de Petro sería permanente. Esta tasa se impuso en la reforma pasada porque se decía que el sistema financiero fue el más rentable durante la pandemia, cuando el país, y el mundo en general, enfrentaba una crisis económica.
Esta sobretasa la tasa se llegó a demandar pero la Corte Constitucional la dejó en firme y concluyó que la medida no vulnera el principio de equidad, pues, al establecer la sobre tarifa, “el legislador tuvo en cuenta la capacidad contributiva de las entidades financieras, con lo que descartó que la sobre tarifa se hubiera establecido en atención a la actividad económica de estas o al crecimiento económico del sector financiero”, explicó el organismo.
Esto le da más seguridad jurídica el nuevo Gobierno en caso de que el artículo sea aprobado por el Congreso de la República.
Otra de las principales reformas anunciadas por el Gobierno de Petro es mantener la tarifa general de 35% para las personas jurídicas.
Según detalla Julián Jiménez, el nuevo gobierno había dicho durante su campaña presidencial que impulsaría una disminución de las tarifas para las pequeñas y medianas empresas, pero el impuesto quedó igual sin distinción por el tamaño de la sociedad.
Por otro lado, ese artículo 240 de la radicada reforma, en uno de sus parágrafos, crea una tarifa de 9% a las empresas industriales y comerciales del Estado con una participación estatal superior a 90% que ejerzan los monopolios de suerte y azar y de licores y alcoholes.
Para Jiménez esta nueva tasa impositiva aplicaría solo para las grandes licoreras del país, en las que se incluyen las industrias licoreras de Cundinamarca, de Antioquia y de Caldas.
“Es importante que el sector privado, una vez conocido el texto oficial del articulado de la propuesta de reforma tributaria radicada en el Congreso, tenga la oportunidad de hacer sus comentarios y propuestas para contribuir al análisis, al diálogo, a la construcción de esos consensos a los que invitó en su ceremonia de posesión (y en campaña) el nuevo presidente de Colombia, Gustavo Petro, y desde ya la Cámara de Comercio Colombo Americana, AmCham Colombia, insta a ser parte activa de este proceso”, dijo la directora de la entidad María Claudia Lacouture.
Agregó que la importancia de tramitar una reforma tributaria para reducir la brecha fiscal que dejó la pandemia, sumado al alto incremento de alimentos e insumos derivado de la crisis logística y el conflicto Ucrania-Rusia, y considera que la nueva administración necesita de todas las herramientas posibles que ayuden a generar crecimiento económico, formalización y generación de empleos estables como mecanismo para superar la crisis. Se esperan más comentarios por parte de los principales gremios y empresarios del país.
Mantener la Regla Fiscal, el tema más importante para los industriales
El presidente de la Asociación Nacional de Empresarios (Andi), Bruce Mac Master solo se expresó por medio de un tweet sobre la Reforma Tributaria radicada por el nuevo Gobierno del presidente Gustavo Petro.
“El más importante de los muy relevantes anuncios hechos por el ministro de Hacienda, José Antonio Ocampo es su decisión y la del Gobierno de cumplir con la Regla Fiscal. Es una muy buena señal para los mercados y ordenará muchas de las discusiones”, fue la única opinión del jefe del gremio.
El Ministerio de Hacienda accedió a modificar la base gravable del patrimonio del valor intrínseco al valor histórico ajustado a la inflación
Un estudio de la entidad asegura que la tasa efectiva de tributación de las empresas subiría en 13,4 puntos porcentuales a 61,3%
Entre los puntos que afectará a las empresas del sector mineroenergético está el aumento de la tarifa de renta (que será progresivo), el cual remplazó el impuesto a la exportación