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Luis Carlos Reyes, director de la Dian, afirmó que la reforma se alinea con la Constitución de 1991 y cumple con ella en la medida en que será debatida en el Congreso de la República
Según el acuerdo al que llegaron los ponentes y el Ministerio de Hacienda, habrá un descuento de 19% para estos ingresos, por lo que la tarifa máxima llegará a 20%
Uno de los primeros acuerdos a los que llegaron los ponentes de la reforma tributaria y el Gobierno Nacional, encabezado por el Ministerio de Hacienda, fue sobre los dividendos y las ganancias ocasionales, dos puntos que fueron muy polémicos por sus posibles efectos sobre la inversión.
Se definió que la tarifa efectiva para personas naturales, en el caso de dividendos, va a tener un descuento de 19% sobre las tarifas marginales del impuesto de renta que van de 0% a 39%, por lo que el gravamen tendría un tope de 20%.
“Básicamente va a ver un descuento por el dividendo recibido de 19%, que es la tarifa de una persona de $10 millones mensuales, pero a partir de ahí comienza el impuesto con la unificación de ingresos hasta 20%”, explicó el ministro de Hacienda, José Antonio Ocampo.
Para entender cómo cambia la tributación de los dividendos, hay que saber primero cómo funciona actualmente. Existen tres tipos de cédulas diferentes para calcular el impuesto de renta a personas naturales: la cédula general, las ganancias ocasionales y los dividendos. Este último tiene una tarifa de 10% que se cobra a partir de ingresos superiores a $11,4 millones. Pero la reforma tributaria propone que todas las fuentes de ingresos se unifiquen en la cédula general.
Como se mencionaba anteriormente, esta cédula general tiene rangos diferenciales de entre 0% y 39%, dependiendo de los ingresos. Las rentas de hasta $41,4 millones anuales no pagan impuesto. Los ingresos de entre $41,4 millones y $64,6 millones pagan una tasa de 19%; los que están entre $64,6 millones y $155,8 millones pagan 28% y así hasta los que ganan más de $1.178 millones, que pagan un impuesto de renta de 39%.
Con la propuesta de la reforma tributaria y las modificaciones recientes, un análisis del Observatorio Fiscal de la Universidad Javeriana dice que habrá dos cambios paralelos, mientras que a algunos se les incrementa el impuesto, habrá otros a los que se les reducirá.
Al ingresar a la cédula general y con el descuento de 19% que anunció el Ministerio de Hacienda, el rango de dividendos que no pagarán impuesto subirá de $11,4 millones a $64,4 millones.
Específicamente, quienes reciben más de $69,6 millones anuales por dividendos ($5,8 millones mensuales) y hasta $155, 8 millones ($12,9 millones) tendrían una disminución en su carga tributaria. Pero quienes superen este umbral tendrían un aumento en sus impuestos a cargo.
“La disminución de la tarifa de dividendos, es un alivio para los inversionistas y junto con la reducción de la tarifa corporativa la presión fiscal se ubicaría en 44% aproximadamente, sin embargo, ello nos sigue situando por encima de los países de la Ocde cuya tasa efectiva de tributación está alrededor del 41%”, aseguró Bibiana Buitrago, tributarista experta y socia fundadora de la firma Jiménez, Higuita, Rodríguez & Asociados.
Tributaria incluirá dos días sin IVA para productos colombianos en 2023
El Ministerio de Hacienda y los ponentes de la reforma tributaria acordaron incluir dos días sin IVA para el próximo año. El primero se realizará en febrero y el segundo, en agosto. Según el acuerdo que se incluirá en la ponencia, la medida aplicará únicamente para productos colombianos que tengan un valor inferior a los $3 millones. De acuerdo con el texto de adición, los productos no tienen que ser 100% colombianos, pero más de la mitad de su fabricación sí tiene que haber sido dentro del territorio nacional.
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