MI SELECCIÓN DE NOTICIAS
Noticias personalizadas, de acuerdo a sus temas de interés
Luis Carlos Reyes, director de la Dian, afirmó que la reforma se alinea con la Constitución de 1991 y cumple con ella en la medida en que será debatida en el Congreso de la República
Se propone aplicar una tarifa de 20% de retefuente para personas jurídicas o naturales no residentes, pero con bienes o servicios con clientes en Colombia
La reforma tributaria del Gobierno de Gustavo Petro, que ya se encuentra en trámite de aprobación con urgencia en el Congreso de la República, también le pone el ojo a las plataformas digitales extranjeras para que paguen más impuestos. La Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (Ocde), de la cual Colombia hace parte, recomienda un impuesto global.
El ministro de Hacienda y Crédito Público, José Antonio Ocampo, acató en parte la sugerencia internacional y la introdujo en el paquete fiscal para que las plataformas digitales tributen más allá del IVA de 19% que ya pagan.
Lo que dice la tributaria de Ocampo, es que toda persona jurídica no residente que “mantenga una interacción deliberada y sistemática con usuarios o clientes en Colombia”, deberá pagar impuestos. En el articulado, esto se define como tener una “Presencia Económica Significativa”.
Para determinar cuándo una persona natural o jurídica extranjera está llamada a tributar, la nueva reforma específica tres condiciones.
En ese sentido, dice la reforma, se considera que una persona tiene una Presencia Económica Significativa en Colombia cuando obtenga ingresos brutos por más de $1.190 millones por operaciones que involucren bienes o servicios con personas en Colombia; cuando utiliza un sitio web o dominio colombiano; también cuando se desarrollen actividades de mercadeo con más de 300.000 usuarios y en pesos colombianos. Con base a esto, se propone aplicar una tarifa de 20% de retención en la fuente.
Pero, ¿cuál sería el impacto real de esto y los afectados directos?
En primer lugar, las plataformas afectadas con el impuesto son las tecnológicas con negocios en Colombia. Serían las plataformas de streaming como Netflix o Spotify o las de movilidad como Uber o Beat. De estas, se les revisará su nivel de ventas en Colombia, así como la cobertura nacional de estas plataformas digitales.
Lo que dicen los expertos en el tema es que esto afectará el bolsillo de los colombianos, específicamente a los usuarios de estos aplicativos digitales. La razón es porque el posible aumento de impuestos se trasladaría al costo que pagan los ciudadanos por un servicio, ya que las plataformas buscarán no asumirlo.
No obstante, definir el recaudo no será fácil, pues Ocampo ya ha señalado que hay cifras que se desconocen a manos de estas compañías en Colombia, como el número efectivo de usuarios o las ventas que tienen en el país.
Lo cierto es que este tributo no es un invento de Colombia, pues es una discusión global, ya que en varias oportunidades otros países han hablado de la posibilidad de imponer un impuesto a las grandes compañías de tecnología.
Tras su paso por el Congreso, la tributaria mantuvo en esencia la mayor parte de sus artículos, se eliminó el impuesto a iglesias y se modificó el de procesados
Juan Carlos Valencia, socio de Holland & Knight, se refirió a la tributación en Colombia comparada con otros países de la Ocde