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Hacienda

Reforma Tributaria 2022


Luis Carlos Reyes, director de la Dian, afirmó que la reforma se alinea con la Constitución de 1991 y cumple con ella en la medida en que será debatida en el Congreso de la República

REFORMA TRIBUTARIA 2022

¿Se gravarían las pensiones de más de $5,6 millones en la nueva reforma tributaria?

sábado, 13 de agosto de 2022

Las mesadas pensionales de los jubilados de $5,6 millones hacia arriba serán gravadas si la persona tiene ingresos adicionales

La primera reforma tributaria del Gobierno de Gustavo Petro fue radicada con celeridad: tan solo a un día de la posesión presidencial, el ministro de Hacienda, José Antonio Ocampo, presentó la propuesta ante el Congreso de la República.

Uno de los puntos del articulado que más ha llamado la atención es el de las pensiones, que serán gravadas si la persona recibe más de $10 millones de ingresos, incluyendo el sustento económico derivado del sistema pensional.

Alrededor de 16.700 personas reciben una mesada de más de ese tope: 16.000 pertenecen a Colpensiones y 700 a Administradores de Fondos de Pensiones.

Ahora bien, el documento de la reforma asegura que los ciudadanos que tengan ingresos por pensiones que superen 1.790 Unidades de Valor Tributario (UVT) deberán pagar impuesto de renta.

“Hay una renta exenta anual de 1790 UVT. Si se suman todos los ingresos por pensiones, y están por debajo de este monto, no están gravadas. Sin embargo, si las ganancias anualizadas superan lo estipulado, como 2.500 UVT en pensiones, entonces el ingreso suma dentro de la base o del total de ingresos obtenidos por la persona natural, lo anterior para efectos de saber qué tarifa progresiva le corresponde”, aseguró María Alejandra Buitrago, directora del área de práctica del área tributaria de DLA Piper Martínez Beltrán.

Pensiones de 5,6 millones

La norma propuesta establece que las personas que reciban un sueldo pensional por debajo de $10 millones no deberán asumir la carga tributaria de la reforma. Esto, según expertos, se aplica siempre y cuando este sea el único ingreso que tiene la persona.

“Cuando el único ingreso de la persona es su pensión, esta deberá pagar impuestos a partir de los $10 millones”, aseguró Daniel Wills, vicepresidente técnico de la Asociación Colombiana de Administradoras de Fondos de Pensiones y de Cesantías (Asofondos). Por esta razón, vale la pena preguntarse en qué casos los ingresos pensionales de más de $5,6 billones deberán asumir los cambios que trae el articulado de la reforma tributaria del gobierno entrante.

Wills afirma que las pensiones por encima de este monto deberán reconocer nuevos tributos si el ciudadano recibe recursos de otras fuentes. Por ejemplo, si el jubilado continúa trabajando aún y recibe un salario de $5 millones y una pensión que sobrepasa $5,6 millones.

“Lo mismo pasa si recibe otros ingresos por arriendos o inversiones”, agregó. Sobre la idoneidad del cambio, el experto afirmó que en Colombia hay pocos pensionados que reciben mesadas por el valor que plantea la reforma. “El recaudo por esta medida no debe ser muy significativo dentro del paquete de la reforma”, aseguró.

Otro ejemplo práctico para entender el cambio de los tributos sobre el sistema pensional parte del caso de un ciudadano con una pensión de $6 millones. Él decide seguir trabajando después de su retiro y el empleador estipula que seguirá recibiendo un salario de $8 millones. “Hoy en día, la pensión de la hipotética persona está exenta a la hora de declarar renta. Después de la reforma se incluyen $8 millones de salario y $6 millones de la pensión, que se suman para efectos de la declaración de renta. Los primeros $5,6 millones de lo que recibe en materia pensional están libres, pero como hay un excedente, este porcentaje se suma y se ve en la tabla de la Dian para la aplicación de impuestos”, explicó Wills.

En escalas más grandes, si se tienen ingresos solamente por pensiones por $100 millones al año, $68 millones de ingresos están exentos. De esta forma, $31 millones van a sumar dentro de la cédula general para saber si aplica o no un impuesto a pagar. Según Buitrago, “solo con los $31 millones de este ejemplo no hay base para empezar a pagar por pensión, esto pensando que sea el único ingreso que se obtiene”. La estructura reglamentaria de este ejemplo reposa en el artículo 241 del Estatuto, que trae las tarifas de renta para las personas naturales y cuyo contenido dicta que el ingreso del año empieza a estar gravado a partir de $64 millones.

Si se retoma el ejemplo anterior, la ganancia de $100 millones en materia pensional de la persona podría ser gravada si está acompañada por otros $50 millones de, por ejemplo, arrendamientos. “Cuando va a calcular su ingreso gravable se toman en cuenta $31 millones de pensión gravados, más $50 millones por arrendamiento: la suma da $81 millones, los cuales se llevan a la tabla del artículo 241 del Estatuto, que estipula un impuesto a pagar desde $64 millones: ahí es cuando estos ingresos pensionales pueden ser susceptibles de tener impuestos”, aseguró la experta.

Esos $31 millones hipotéticos se suman a los otros ingresos obtenidos en materia de pagos laborales, ganancias ocasionales y otras fuentes de ingresos.

Composición del sistema

Las cifras de Colpensiones arrojan que 54,39% de los pensionados que pertenecen al régimen público, reciben un salario mínimo al mes, es decir, 833.692 personas.

Por otro lado, 24% (367.915) del total gozan de un ingreso entre uno y dos salarios mínimos. También hay un aproximado de 107.106 que reciben alrededor de tres a cinco salarios (6,99%); tan solo 4,23% del total obtiene cada 30 días una pensión que oscila entre cinco y 10 mínimos, lo cual representa 64.784 personas. Por último, 15.822 pensionados reciben entre 10 y 20 mínimos.

En el Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad (Rais), que administran las AFP, se repite un patrón similar, pues la mayoría de los pensionados reciben entre uno y dos salarios mínimos mensuales.

Así, un aproximado de 16.700 personas deberán asumir este impuesto teniendo en cuenta que ganan más de $10 millones al mes en el sistema pensional.

¿Qué contiene la reforma?

La reforma tributaria de Petro, formulada por Ocampo y soportada por Luis Carlos Reyes, el nuevo director de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian), está basada en una premisa de eliminar progresivamente los impuestos regresivos.

“Reducción de beneficios tributarios para los más ricos y redistribución de rentas hacia las familias colombianas más vulnerables”, así fue titulado el apartado de la propuesta de la reforma que habla de las pensiones. Allí se plantea que la reducción de la renta exenta pasará de 12.000 UVT a 1.790 UVT, tal como han explicado los expertos.

Según los cálculos del nuevo equipo del MinHacienda, solo 0,2% de los jubilados contribuirán a este impuesto siguiendo la lógica de gravar los ingresos que superen $10 millones.

El articulado también propone que haya un aporte de recaudo adicional de personas naturales por rango de ingresos. De esta manera, las personas que ganen $10 millones aportarán 2% en materia tributaria; aquellos que devengan entre $10 y $12 millones asumirán 15%, al igual que los ciudadanos que reciben entre $12 y $15 millones. Por encima de esta cifra, entre $20 y $30 millones, se hará un aporte de 17%; y, finalmente, las personas que reciben más de $30 millones asumirán una tarifa de 34%.

Algunos expertos, sin embargo, han mostrado preocupación por los cambios que puede traer la reforma. Martín Acero, socio de Philippi Prietocarrizosa Ferrero DU & Uría (PPU), afirmó en días pasados que el gravamen a las pensiones “podría ser un problema constitucional”, por cuanto que se trata de un ahorro que el trabajador ha hecho durante su vida laboral. “Si alguien tiene derecho a una pensión más alta es porque hizo un mayor ahorro”, dijo.

Raúl Ávila, docente de la Universidad Nacional, dijo que la metodología propuesta por el Gobierno tendría un impacto positivo en la medida que grava las pensiones más altas. “Se dice que cerca de 4.000 personas en el país tienen este nivel de pensión”, asegura.

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